Trabajo Practico De Legislaci N Del Automotor
a) Según la clasificación de cosas del código civil, clasifique al automotor.
Clasificación de cosas:
En relación a las personas bienespúblicos, bienes privados
En relación a las cosas en si mismo
1) Muebles y amuebles 2) fungibles y no fungibles
3) comestibles y no comestibles 4) divisibles y indivisibles5) principal y accesorios.
b) según la clasificación de los sistemas registrales visto en clases. ¿Qué tipo de sistema registral caracteriza al automotor? Fundamente con artículos del decreto/ley n°6582/58.
Las clasificaciones que se hacen dentro de los registros, diremos que es un registro OBLIGATORIO, REAL, CONTITUTIVO Y NO CONVALIDANTE.
Articulo 6 del decreto ley 6582/58 “será obligatoria lainscripción del dominio en el registro nacional de la propiedad del automotor”.
Articulo 7 del decreto ley 6582/58 “no solo el dominio sera objeto de registración sino también los embargos, lasdenuncias de robo o urto y demás actos que prevea este cuerpo legal o su reglamentación.
Articulo 27 del decreto ley 6582/58 por el agregado “in fine” por ley 25232, dice: “ además los registros seccionalesdel lugar de radicación del vehículo notificaran a las distintas reparticiones oficiales provinciales y/o municipales la denuncia de tradición del automotor, a fin de que procedan a la sustitucióndel sujeto obligatorio al tributo ( patente , impuestos, multas, etc.)
c) leer las copias entregadas, y de acuerdo a estas, que tipo de disposiciones puede dictar la Dirección Nacional de RegistrosNacionales de la propiedad del Automotor y créditos prendarios.
El organismo de aplicación de toda la temática del registral del automotor, según el art. 7 del decreto ley 6582/58 es la DirecciónNacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y créditos Predatorios, cuya actuación en tal sentido, está regida por el propio decreto ley 6582/58, 3l decreto 335/88, la disposición...
Regístrate para leer el documento completo.