Trabajo a favor de la comunidad
1. El trabajo como pena
2. Como parte integrante de la pena y se incluyen la disciplina, educación ytratamiento moralizador;
3. Como medio de promover la readaptación social del recluso, y
4. Como parte del trabajo en general.
En lasconvenciones internacionales se ha prohibido el trabajo forzoso, y se considera que es un medio de tratamiento, un recurso económico que puede sercontratado tanto por la en su artículo 2º establece que el sistema penal se organizará sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo y laeducación como medio para la readaptación del delincuente. Y señala además que el interno deberá de pagar su sostenimiento con el trabajo realizado en lacárcel. El resto del producto se distribuirá de la siguiente forma: 30% para el pago de la reparación del daño; 30% para el sostenimiento de losdependientes económicos; 30% para la constitución del fondo de ahorro de éste y 10% para los gastos menores del interno. Además, la misma Ley establece queel Trabajo puede ayudar a la remisión parcial de la pena. En varios países se determina la enseñanza de un oficio para los internos en una prisión.
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