trabajo
Exposición: es condición sine qua non demostrar que, como consecuencia del contacto entre el trabajador y el agente o particular condición de trabajo, se posibilita lagestación de un daño a la salud. Los criterios de demostración pueden ser:
Cualitativos: consiste en establecer, de acuerdo con los conocimientos médicos vigentes, una lista taxativa de ocupaciones conriesgo de exposición, y la declaración del afectado o de sus representantes de estar desempeñando esa ocupación o haberlo hecho.
Cuantitativos: se refiere a las disposiciones existentes en cuanto a losvalores límites o concentraciones máximas permisibles para cada uno de los agentes incorporados a la lista. Este criterio es de suma importancia porque permite instrumentar programas de vigilancia,determinar niveles de tolerancia y precisar los grupos de personas que deben ser objeto de este monitoreo. Los exámenes periódicos y las mediciones específicas del medio se incorporan como los mediosidóneos para la prevención.
Enfermedad: debe existir una enfermedad o un daño al organismo claramente delimitados en sus aspectos clínicos, de laboratorio, de estudios por imágenes, terapéuticos yanatomopatológicos que provenga de la exposición del trabajador a los agentes o condiciones de exposición ya señalados.
Nexo de causalidad: debe demostrarse con pruebas científicas (clínicas,experimentales o estadísticas) que existe un vínculo inexcusable entre la enfermedad y la presencia en el trabajo de los agentes o condiciones delineados precedentemente.
No es necesario que la patología hayaoriginado ya una incapacidad. El concepto actual es que el derecho a tutelar es la salud del trabajador, y la ley 24.557[¿cuál?] apunta a la prevención más que al resarcimiento económico del daño...
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