Trabajo
Concepto: es una prestación pecuniaria exigida coactivamente a los
particulares por el Estado u otro ente público, con el fin de obtener
ingresos con los que sufragar el gasto público.
Coactividad (falta de voluntariedad)
Obligación que nace de la Ley (contribuyente / Administración)
Clases:
Impuestos
Tasas
Contribuciones especiales
Concepto deimpuesto:
Son los tributos exigidos sin contraprestación, cuyo hecho imponible
está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto
la capacidad contributiva del contribuyente, como consecuencia de la
posesión de un patrimonio, la circulación de los bienes o la adquisición
o gasto de la renta.
- Notas:
- No es necesario que la Administración realice una actividad opreste un servicio para que surja la obligación de pagar el impuesto
- Sólo hay que realizar el hecho imponible previsto en la Ley
Tasas son aquellos tributos cuyo hecho imponible consiste:
a. En la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público
b. En la prestación de servicios o en la realización de actividades en régimen
de Derecho público que se refieran, afecten obeneficien de modo
particular al sujeto pasivo, cuando se produzca cualquiera de las
circunstancias siguientes:
a. Que los servicios o actividades no sean de solicitud voluntaria para los
administrados. A estos efectos no se considerará voluntaria la solicitud por
parte de los administrados:
a. Cuando venga impuesta por disposiciones legales o reglamentarias.
b. Cuando los bienes,servicios o actividades requeridos sean imprescindibles para la vida
privada o social del solicitante.
b. Que no se presten o realicen por el sector privado, esté o no establecida su
reserva a favor del sector público conforme a la normativa vigente.
Notas: obligatoriedad y/o monopolio (de hecho o de Derecho)
Precio público: arts. 24-27 Ley 8/1989, de 13 de
abril, de Tasas y Precios Públicos(LTPP)
Concepto:
Tendrán la consideración de precios públicos las contraprestaciones
pecuniarias que se satisfagan por la prestación de servicios o la
realización de actividades efectuadas en régimen de Derecho público
cuando, prestándose también tales servicios o actividades por el
sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los
administrados
Elementos:
Voluntariedad
No monopolio
No es aplicable la reserva de Ley (art. 31 de la CE)
Tasa:
Principio de equivalencia (art. 7 LTTPP): las tasas tenderán a cubrir el coste
del servicio o de la actividad que constituya su hecho imponible
Principio de capacidad económica (art. 8 LTTPP): en la fijación de las tasas se
tendrá en cuenta, cuando lo permitan las características del tributo, lacapacidad económica de las personas que deben satisfacerlas
Precios públicos (art. 25 LTTPP):
Cuantía: Los precios públicos se determinarán a un nivel que cubra, como
mínimo, los costes económicos originados por la realización de las actividades
o la prestación de los servicios o a un nivel que resulte equivalente a la
utilidad derivada de los mismos
Cuando existan razones sociales,benéficas, culturales o de interés público
que así lo aconsejen, podrán señalarse precios públicos que resulten
inferiores a los parámetros previstos en el apartado anterior, previa
adopción de las previsiones presupuestarias oportunas para la cobertura de
la parte del precio subvencionada.
Contribución especial: art. 2.2.b) LGT
Concepto: “son los tributos cuyo hecho imponible consisteen la
obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento
de valor de sus bienes, como consecuencia de la realización de obras
públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos”
Elementos:
Actividad administrativa: obra pública, establecimiento o ampliación de
servicios públicos
Dirigidas, en principio, al conjunto de los ciudadanos
Produce...
Regístrate para leer el documento completo.