trabajos
Laboral
COMPENDIO DE NORMAS LEGALES
SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO
Y eNFERMEDADES PROFESIONALES
LEY Nº 16.744
Incluye
Ley Nº 19.345
D.S. que incorporan a trabajadores independientes
D.S. Nº 101
D.S. Nº 109
D.S. Nº 594
D.S. Nº 40
D.S. Nº 54
D.S. Nº 110
D.S. Nº 67
D.S. Nº 313
Ley Nº 20.123
D.S. Nº 76
COMPENDIO DE LAS NORMAS LEGALES
SOBRE ACCIDENTESDEL TRABAJO
Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
Tercera Edición: Julio de 2009
Prohibida la reproducción, almacenamiento o
transmisión, de manera alguna y por cualquier
medio sin autorización de la institución
Producción y edición:
Instituto de Seguridad Laboral
Departamento de Prevención de Riesgos Laborales
Huérfanos 886, Piso 2, Santiago
Coordinador de Contenido:
Adolfo Campusano V.Ley N° 16.744
7
Ley N° 19.345
49
Decretos que incorporan a trabajadores independientes
Decreto Supremo N° 488
Decreto Supremo N° 244
Decreto Supremo N° 68
D.F N° 50
.L.
D.F N° 19
.L.
D.F N° 2
.L.
D.F N° 54
.L.
D.F N° 90
.L.
D.F N° 101
.L.
55
57
60
62
64
65
67
70
72
74
Decreto Supremo N° 101
77
Decreto Supremo N° 40
117Decreto Supremo N° 54
127
Decreto Supremo N° 109
137
Decreto Supremo N° 110
155
Decreto Supremo N° 67
157
Decreto Supremo N° 594
173
Decreto Supremo N° 313
231
Ley Nº 20.123
237
Decreto Supremo Nº 76
ÍNDICE
ÍNDICE
254
ESTABLECE NORMAS SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y
ENFERMEDADES PROFESIONALES
Por cuanto el H. Congresonacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
LEY Nº 16.744
LEY Nº 16.744
TÍTULO I OBLIGATORIEDAD, PERSONAS PROTEGIDAS
Y AFILIACIÓN
Parrafo 1° Obligatoriedad
Artículo 1°
Declárase obligatorio el Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del
Trabajo y Enfermedades Profesionales, en la forma y condiciones establecidas en la presente ley.
Parrafo 2°
PersonasProtegidas
Artículo 2°
Estarán sujetas, obligatoriamente, a este seguro, las siguientes personas:
a) Todos los trabajadores por cuenta ajena, cualesquiera que sean las
labores que ejecuten, sean ellas manuales o intelectuales, o cualquiera que sea la naturaleza de la empresa, institución, servicio o
persona para quien trabajen; incluso los servidores domésticos y los
aprendices;
b) Losfuncionarios públicos de la Administración Civil del Estado, municipales y de instituciones administrativamente descentralizadas del
Estado (1).
c) Los estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifiquen una fuente de ingreso para el respectivo plantel (2);
(1) La Ley 19345, publicada el 07.11.1994, dispuso la aplicación de la presente ley a los
trabajadores del sector público que indica.(2) Ley 18269 Art. Único N° 1 D.O. 28.12.1983.
LEY Nº 16.744
d) Los trabajadores independientes y los trabajadores familiares.
El Presidente de la República establecerá, dentro del plazo de un año,
a contar desde la vigencia de la presente ley, el financiamiento y condiciones en que deberán incorporarse al régimen de seguro de esta
ley las personas indicadas en las letras b) y c)de este artículo (3).
No obstante, el Presidente de la República queda (4) facultado para
decidir la oportunidad, financiamiento y (5) condiciones en que deberán incorporarse al régimen de seguro que establece esta ley las
personas indicadas en la letra d).
(3) El Decreto 102, Trabajo, publicado el 25.08.1969, reglamentó la incorporación al seguro de las personas indicadas en las letrasb) y c) del presente artículo.
(4) El Artículo Único del DL 1.548, publicada el 09.09.1976, declaró que el sentido de la
facultad delegada por el inciso final del presente Art. 2°, es permitir que el Presidente de
la República incorpore a ese régimen de Seguro a los trabajadores independientes y a
los trabajadores familiares, en forma conjunta o separada, o por grupos determinados
dentro...
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