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Habiendo ya concretado el fin del Estado, consagrado positivamente en nuestro país, es necesario preguntarse si esta noción aporta o no algo a lapráctica jurídica. Para ello, pasaremos a abordar sucintamente algunas aristas del tema, para dilucidar si la noción de fin alcanza a aportar algo nuevo.
En primer lugar, hay que recordar que estamostrabajando con uno de los principios de la concepción del Estado. Ya esto hace que de por sí tenga enormes relevancias en la práctica, pues, según entendamos que el Estado está dirigido a uno u otro fin(como podría ser en lugar del que hemos apuntado: el incremento del poder del partido, la gloria de la nación o de la raza, u otro) nos llevaría a entender las instituciones y relaciones de poder de modosdistintos y, por supuesto, cambiaría la noción de licitud de los actos estatales, pues ésta se deriva directamente de si el acto está o no encaminando hacia el fin que le corresponde. Podemosconcluir, por lo tanto, que, principalmente, la noción del fin es un criterio interpretativo de las demás normas e instituciones, especialmente, de su obrar.
Es por lo tanto, una regla de actuación para elEstado y una norma de legitimación de su conducta.
Por lo tanto, a la luz de este criterio, pueden juzgarse mejor las actuaciones estatales, mediante el simple juicio de adecuación del acto al...
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