Trabajos
La Presidencia de la República mediante Decreto Nº 8.414 publicado en Gaceta Oficial Nº 39.741 del23/08/2011, modifica el artículo 7, numerales 5 y 6; y elimina los numerales 7, 8, 9 y 10 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.556 del19/11/2010. A continuación se presentan las modificaciones realizadas:
Donde dice:
“Artículo 7. A los efectos de la aplicación de esta Ley, se hacen las siguientes definiciones:
1. Se entiende porentes descentralizados funcionalmente, sin fines empresariales los señalados en los numerales 6, 7 y 10 del artículo anterior, que no realizan actividades de producción de bienes o servicios destinadosa la venta y cuyos ingresos o recursos provengan fundamentalmente del presupuesto de la República.
2. Se entiende por entes descentralizados con fines empresariales aquellos cuya actividad principales la producción de bienes o servicios destinados a la venta y cuyos ingresos o recursos provengan fundamentalmente de esa actividad.
3. Se entiende por sector público nacional al conjunto de entesenumerados en el artículo 6 de esta Ley, salvo los mencionados en los numerales 2, 3, 4 y 5, y los creados por ellos.
4. Se entiende por deuda pública el endeudamiento que resulte de las operacionesde crédito público. No se considera deuda pública la deuda presupuestaria o del Tesoro.
5. Se entiende por ingresos ordinarios, los ingresos recurrentes.
6. Se entiende por ingresos extraordinarios,los ingresos no recurrentes, tales como los provenientes de operaciones de crédito público y de leyes que originen ingresos de carácter eventual o cuya vigencia no exceda de tres años.”
Debe decir:“Artículo 7°. A los efectos de la aplicación de esta Ley, se hacen las siguientes definiciones:
1. Se entiende por entes descentralizados funcionalmente, sin fines empresariales los señalados en...
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