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1) “La anticresis es un contrato por el cual el acreedor adquiere el derecho de hacer suyos los frutos del inmueble que se le entregue, con la obligación de imputarlos a losintereses, si se le deben, y luego al capital de la acreencia” pudiendo estipularse también “que los frutos se compensen con los intereses, en todo o en parte”. No es indispensable que la anticresissea constituida por el deudor, ya que puede constituirla un tercero por él.
Señala Aguilar (2009), que esa noción, “prima facie”, coincide básicamente con la del Código Napoleónico. Sin embargo, laley venezolana a diferencia de éste, no expresa que la percepción de frutos haya de ser anual, determinación que no se justifica ya que hay frutos que se producen en períodos superiores e inferioresal año.
2) Importa recalcar desde ahora que en el código napoleónico la anticresis figura como un subtipo contractual del “nantissement” que subdivide en prenda (“gage”) cuando se refiere a mueblesy anticresis cuando se refiere a inmuebles, mientras que en el código venezolano como en el italiano de 1865, la anticresis tiene el tratamiento de contrato autónomo.
3) Es de observar que la leyvenezolana concibe como forma básica, normal u ordinaria de la anticresis aquella en el cual el acreedor debe imputar los frutos del fundo a los intereses de su crédito, si se le deben y luego alcapital de la acreencia; pero admite también la figura de la anticresis “compensatoria” o “en alzada”, mediante la cual el acreedor recibe los frutos del fundo en vez de los intereses de su acreencia, loscuales se entiende compensados entre sí total o parcialmente, en esta forma de anticresis, el acreedor, si bien corre con el riesgo de que el fundo no produzca frutos o produzca pocos, tiene laventaja de no estar obligado a rendir cuenta de los frutos que perciba y de que si el valor de estos representa un porcentaje alto respecto a su acreencia, no lo alcanzan las limitaciones legales...
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