Trabajos
Concepto Fondo nro.
Doctor
SIGIFREDO DE JESÚS ESPINOSA PÉREZ
H. Magistrado Sala Penal
Corte Suprema de Justicia
Ciudad
Ref.: Acción de Revisión 26077
Accionante: Camilo Montoya Reyes
Procurador 7 Judicial II Penal de Bogotá
Asunto: Alegato de conclusión
JULIO OSPINO GUTIERREZ, obrando en micalidad de Procurador Segundo Delegado para la Investigación y Juzgamiento Penal, procedo dentro del término legal a presentar el alegato de rigor acorde con lo previsto en el artículo 225 de la Ley 600 de 2000, con el objeto de que sea tenido en cuenta al momento de resolver sobre el fondo de la presente actuación, y por lo mismo, se declare fundada la causal de revisión invocada por el DoctorCAMILO MONTOYA REYES en su calidad de Procurador 7 Judicial II Penal de Bogotá.
RESEÑA FÁCTICA Y ACTUACIONES PROCESALES RELEVANTES
Según surge de los elementos de juicio arrimados a la foliatura, el día sábado 21 de marzo de 1998 la central de la Policía Nacional (CAI - Patio Bonito - Centro de Atención inmediata) con jurisdicción en Ciudad Kennedy, recibió una denuncia en la cual sereportaba la presunta presencia de 15 jóvenes armados en inmediaciones de la carrera 113 B con Calle 42 G Sur. En respuesta a la denuncia recibida, se ordenó el desplazamiento hacia el lugar indicado, de las patrullas PATIO - 2, conformada por los policiales JUAN BERNARDO TULCÁN VALLEJOS y CUSPIAN CLAVER LIBARDO, y la móvil 3 integrada por el patrullero SÁNCHEZ ROMERO y el agente SIERRA FLORIAN.Esa misma noche, aproximadamente a las 10:30 p.m., la niña LEYDI DAYÁN SÁNCHEZ TAMAYO, de 14 años de edad y su hermano Jorge Luis Sánchez Tamayo, de 11 años de edad, se encontraban conversando con sus amigos Nelson Javier González Macana y Miguel Ángel León, de 16 y 18 años de edad, respectivamente, a corta distancia de su residencia, ubicada en la Carrera 107 nro. 42 F 40 del Barrio elTriunfo, Sector de Patio Bonito en Ciudad Kennedy, cuando de pronto se percataron de la repentina presencia de dos vehículos, incluyendo una motocicleta que transportaba a dos hombres armados.
Asumieron los congregados, que se trataba de milicias, conocidas y temidas por perpetrar actos de violencia, razón por la cual decidieron alejarse del lugar como medida de protección, ocurriendo empero, quecomo consecuencia de la precipitada dispersión del mencionado grupo, los policiales salieron en persecución de sus integrantes, registrándose como resultado fatal de ese episodio, la muerte violenta de la menor antes citada, la cual fue impactada con un proyectil de arma de fuego en su región occipital, siéndole atribuida la autoría del disparo homicida a uno de los patrulleros motorizados de laPolicía Nacional, de acuerdo con lo aseverado por dos de los menores que se encontraban en compañía de la víctima. Así quedo consignado en la denuncia instaurada ante la Unidad de Reacción Inmediata (URI) de Ciudad Bolívar, el 22 de marzo de 1998, por el señor JORGE ENRIQUE SÁNCHEZ CHAVEZ, padre de la menor LEYDI DAYAN SÁNCHEZ TAMAYO.
Con fundamento en esa notitia criminis, la Fiscalía Seccional310, de la Unidad de Reacción Inmediata – Zona Kennedy, profirió resolución de apertura de investigación, y posteriormente, ya bajo la égida de la Justicia Penal Militar, más concretamente bajo la conducción del Juzgado 86 Penal Militar, se dispuso vincular mediante diligencia de indagatoria al imputado PT. JUAN BERNARDO TULCÁN VALLEJOS, a quien le fue resuelta situación jurídica en formafavorable, en calidad de autor presunto del delito de homicidio culposo, el 4 de junio de 1998. A su vez, respondiendo a la solicitud elevada por el Ministerio Público, el referido Despacho, dispuso la remisión de las diligencias a la Justicia Ordinaria “para que allí se le dé el trámite que legalmente le corresponde” (f. 356 C.O. 2)
Apelada la determinación anterior, el Tribunal Superior Militar,...
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