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Responsabilidad Civil de un Médico:
Para que un médico sea responsable civilmente debe de acreditarse la existencia de culpa, es decir, de una negligencia, de una falta de prudencia imputable; de un alejamiento de la lex artis.
Nuestra Jurisprudencia a recogido el criterio del Dr. Alejandro Goic, quien establece los requisitos para que concurra la responsabilidadcivil:
Imputabilidad: que parte del supuesto que el causante del daño sea legalmente médico.
Existencia de una falta: esto es, que el hecho se haya ejecutado intencionalmente o con imprudencia o negligencia, es decir, con infracción a la llamada Lex Artis, que es el conjunto de procedimientos, de técnicas y reglas generales de su profesión, acudiendo a los exámenes y análisis para fines dediagnóstico y a los medios terapéuticos en uso, cuya infracción puede consistir en la impericia, denominada también ignorancia inexcusable e indica insuficiencia de aquellos conocimientos que se suponen en una persona que ha efectuado estudios especiales en el ámbito de la medicina, o bien, falta de práctica o experiencia, a pesar de tener los conocimientos necesarios; en la imprudencia, que consiste en noobrar con las debidas precauciones que la ciencia médica haga aconsejables, para evitar riesgos a que pueden llevar los actos profesionales ejecutados sin mayor reflexión, es decir, en la omisión de las precauciones debidas; o en la negligencia, que se traduce en el incumplimiento de un deber, en una falta de recaución, una omisión de atención y de la diligencia debida.
Daño: debiéndose precisar,al respecto, que no todo menoscabo debe presumirse causado por el hecho médico, lo que se imputa al facultativo es un daño agregado, esto es, una agravación, mantenimiento en la enfermedad, lesiones, muerte.
Relación de causalidad: es decir, que entre el hecho médico y el daño sufrido por la víctima, se precisa una relación de causa a efecto; que el daño se haya producido u ocasionado, por elhecho ilícito de esa personal.
Sistema Procesal Penal Chileno:
Los médicos en el ejercicio de su profesión pueden cometer delitos, particularmente delitos culposos, que se encuentran tipificados en nuestro Código Penal.
Existe un tipo genérico destinado a sancionar al médico que cause daño en el ejercicio de la profesión, nos referimos al artículo 491 del Código Penal que dispone: Art.491: "El médico, cirujano, farmacéutico, flebotomiano o matrona que causare mal a las personas por negligencia culpable en el desempeño de su profesión, incurrirá respectivamente en las penas del artículo anterior."
La investigación recae en el Ministerio Público, institución que luego de un análisis de los hechos y de estimar que ellos pueden eventualmente configurar un delito, asigna un Fiscal ala causa.
Con los antecedentes recaudados, el Fiscal podrá determinar si efectivamente existe algún delito, y si existen personas involucradas a las cuales se les pudiera atribuir la comisión del mismo. Si el Fiscal adquiere esas convicciones solicitará al Juez de Garantía fijar una audiencia de formalización a la que citará a los imputados y le hará saber formalmente que están siendoinvestigados por su participación en un determinado delito. A ello se le llama la formalización del médico imputado.
La formalización tiene algunos efectos prácticos relevantes:
Fija el plazo que tendrá el Fiscal para investigar y decidir si lleva el caso a juicio oral o se desiste de la investigación.
A partir de la formalización se pueden solicitar medidas cautelares (prisión preventiva, arraigo etc.)Es un requisito para la procedencia de las salidas alternativas de
Respecto de los acuerdos reparatorios, entre el imputado y la víctima pueden llegan a un acuerdo, el que debe de someterse a la aprobación del juez de garantía. El acuerdo será procedente en aquellos casos en que los hechos investigados afecten bienes jurídicos disponibles de carácter patrimonial, y que consistieren en lesiones...
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