Trafico y transporte
TRÁFICO Y TRANOSPORTE INTERNACIONAL
FECHA 9 DE ABRIL DEL 2011
ALEJANDRA CUENCA
INTEGRANTES
JOSE MIGUIEL CEJA BRAVO
MARIO ALBERTO MIRELES MORALES
CHRISTIAN RAMSES PEREZ MUÑOZ
GERADO DANIEL OLGUIN CATAÑO
ARMANDO CRUZ SALDAÑA
Deposito Fiscal
Definición:
Es el almacenamiento de mercancías de procedenciaextranjera o nacional en Almacenes Generales de Depósito, los cuales deben de estar autorizados para ello, por las autoridades aduaneras y prestar este servicio en términos de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. Este régimen se efectúa una vez determinados los impuestos al comercio exterior, así como las cuotas compensatorias y permite que las mercancíasdepositadas en dichos almacenes puedan retirarse para:
Importarse definitivamente, si son de procedencia extranjera.
Exportarse definitivamente, si son de procedencia nacional
Retornarse al extranjero las de esa procedencia o reincorporarse al mercado las de origen nacional, cuando los beneficiarios se desistan de este régimen
Importarse temporalmente por maquiladoras o por empresas conprogramas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía
Así mismo permite a los particulares mantener almacenadas sus mercancías todo el tiempo que así lo consideren, en tanto subsista el contrato de almacenaje y se pague por el servicio.
Adicionalmente se podrá autorizar el establecimiento de depósitos fiscales para:
• La exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionalesen puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos de altura, comúnmente conocidos como Duty free. En este caso las mercancías no se sujetarán al pago de impuestos al comercio exterior y de cuotas compensatorias, siempre que las ventas se hagan a pasajeros que salgan del país directamente al extranjero y la entrega de dichas mercancías se realice en los puntos de salida del territorionacional, debiendo llevarlas consigo al extranjero. Las autoridades aduaneras controlarán estos establecimientos, sus instalaciones, vías de acceso y oficinas
• Locales destinados a exposiciones internacionales temporales de mercancías
• Someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos, a empresas de la industria automotriz terminal
Mercancías que no pueden destinarse alrégimen de Depósito fiscal
No podrán ser objeto del régimen de depósito fiscal las armas, municiones y las mercancías explosivas, radiactivas y contaminantes ni los diamantes, brillantes, rubíes, zafiros, esmeraldas y perlas naturales o cultivadas o las manufacturas de joyería hechas con metales preciosos o con las piedras o perlas mencionadas ni los artículos de jade, coral, marfil yámbar. Tratándose de relojes y artículos de joyería hechos con metales preciosos o con diamantes, brillantes, rubíes, zafiros, esmeraldas y perlas naturales o cultivadas, solamente podrán ser destinados al régimen de depósito fiscal para la exposición y venta de mercancías (Duty Free).
Tratándose de mercancías que se clasifican en las fracciones arancelarias de los sectores de manteca y grasas; cerveza; cigarros;madera contrachapada (triplay); pañales; textil; accesorios para la industria del vestido, maletas, zapatos y otros; calzado; herramientas; electrónicos; bicicletas y juguetes, identificadas en el Anexo 10 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, podrán ser destinadas al régimen de depósito fiscal, para la exposición y venta (Duty Free), así como para exposicionesinternacionales de mercancías. Solamente aquellos almacenes generales de depósito que obtengan autorización previa de la Administración General de Aduanas, podrán destinar las mercancías descritas en el párrafo anterior al régimen de depósito fiscal. Se entenderá que las mercancías se encuentran bajo la custodia, conservación y responsabilidad del almacén general de depósito en el que quedarán...
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