tramites contribucion
La intendencia de Montevideo otorga exoneraciones en materia de contribución inmobiliaria a los inmuebles catalogados con grado de protección patrimonial. A los efectos deestimular la conservación de los bienes patrimoniales y el mejoramiento de edificios y ejemplares vegetales con valor patrimonial o declarado de Interés Municipal, la Intendencia Municipal deMontevideo concede desde el año 2002 exoneraciones de la Contribución Inmobiliaria a determinados bienes inmuebles.
¿Cuáles son los inmuebles que se incluyen en este beneficio?
Los inmuebles catalogadoscon Grado de Protección Patrimonial 3 o 4 -cualquiera sea su destino- o Grado 2 -si es vivienda- según el Inventario de Protección Testimonial. Dichas construcciones deben estar localizadas en las Áreasde Régimen Patrimonial establecidas en el Plan Montevideo y en aquellas que sean declaradas como tales en el futuro. Para obtener la exoneración de la contribución el edificio, además de tener valorhistórico o arquitectónico, debe mantener sus características originales, sin alteraciones de construcción, material, texturas y color. Tampoco podrá tener elementos publicitarios no autorizados porla IMM.
Definiciones de la Intendencia de Montevideo
GRADO 2 – Protección ambiental
Edificio que puede ser modificado conservando o mejorando su relación con el ambiente y manteniendo sus elementossignificativos.
GRADO 3 – Protección estructural
Edificio que debe ser conservado mejorando sus condiciones de habitabilidad o uso, manteniendo su configuración, sus elementos significativos y suscaracterísticas ambientales.
GRADO 4 – Protección integral
Edificio de valor excepcional que debe ser conservado integralmente. Sólo se admitirán en él apropiadas y discretas incorporaciones deelementos de acondicionamiento.
Beneficios, plazos y sanciones
A los efectos de solicitar el beneficio de exoneración de la Contribución Inmobiliaria, se deberá verificar respecto de los inmuebles...
Regístrate para leer el documento completo.