Tramites Judiciales
(Noviembre 26)
“Por el cual se regula el procedimiento para la recepción y transmisión de solicitudes de alimentos en el exterior “
LA SALA ADMINISTRATIVA DEL
CONSEJOSUPERIOR DE LA JUDICATURA
En aplicación del numeral 12 del artículo 85 de la Ley Estatutaria de Administración de Justicia,
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO.- SOLICITUD. Toda persona que resida enel territorio nacional y considere tener derecho a la obtención de alimentos por parte de quien resida en territorio extranjero, podrá presentar solicitud en ese sentido ante el Consejo Superior dela Judicatura, por intermedio del Abogado Asistente Nominado de la Presidencia de la Sala Administrativa.
ARTICULO SEGUNDO.- REQUISITOS. La solicitud deberá cumplir con los requisitos establecidosen los Códigos Civil, de Procedimiento Civil y del Menor, y en particular con los del artículo 3 de la “Convención sobre la obtención de alimentos en el extranjero”, a saber:
El nombre y apellidodel demandante, su dirección, fecha de nacimiento, nacionalidad y ocupación, y, en su caso, el nombre y dirección de su representante legal.
El nombre y apellido del demandado y, en la medida enque sean conocidas por el demandante, sus direcciones durante los últimos cinco años, su fecha de nacimiento, nacionalidad y ocupación.
Una exposición detallada de los motivos en que se funda lapretensión del demandante y del objeto de ésta y cualquiera otros datos pertinentes, tales como los relativos a la situación económica y familiar del demandante y el demandado.
A la solicitud seacompañarán las pruebas que permitan establecer la viabilidad de los alimentos reclamados por el solicitante, según las leyes colombianas; una fotografía suya y, de ser posible, una del demandado.Igualmente se indicará la dirección, fax o correo electrónico donde el solicitante recibirá comunicaciones, y número (s) telefónico(s).
El solicitante deberá acompañar, en caso de ser necesario, un...
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