Transigir
AntecedentesCon fecha 09 de junio de 2014, los señores Carlos Loor Cedeño, Dannys Cedeño Carrera y la señora Elba Manzaba Guerrero, se dirigieron al Ing. Kléber Solórzano, Alcalde del GADM Junín, para mencionarleque son los impulsores como herederos universales de las acciones judiciales laborales N°13-2014, 57/2014 y 117/2014, al amparo de esto y conscientes del desgaste no sólo económico sino también mental,proponen a la entidad edilicia negociar los valores que por concepto de pago de haberes de ex trabajadores municipales.
Referencia legal
Constitución de la República del Ecuador
Art. 326.- Elderecho al trabajo se sustenta en los siguientes principios: 11. Será válida la transacción en materia laboral siempre que no implique renuncia de derechos y se celebre ante autoridad administrativa ojuez competente.
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
Art. 59.- Alcalde o alcaldesa.- El alcalde o alcaldesa es la primera autoridad del ejecutivo del gobiernoautónomo descentralizado municipal, elegido por votación popular, de acuerdo con los requisitos y regulaciones previstas en la ley de la materia electoral.
Art. 60.- Atribuciones del alcalde oalcaldesa.- Le corresponde al alcalde o alcaldesa:
b) Ejercer de manera exclusiva la facultad ejecutiva del gobierno autónomo descentralizado municipal;
n) Suscribir contratos, convenios e instrumentos quecomprometan al gobierno autónomo descentralizado municipal, de acuerdo con la ley. Los convenios de crédito o aquellos que comprometan el patrimonio institucional requerirán autorización del Concejo,...
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