Transito Venezuela
Este es un ente adscrito al ministerio del poder popular con competencia en materia de transporte terrestre, con personalidad jurídica, que goza delos privilegios y prerrogativas que se le acuerdan a la republica, de conformidad con la ley, y tendrá su sede en la ciudad de Caracas, sin perjuicio de que pueda establecerla en cualquiera otralocalidad del país.
Dicho Instituto establecerá las oficinas y dependencias regionales que permitan la optimización de los servicios de transporte terrestre que presta. Fundamento Legal: Capitulo II DelInstituto Nacional de Transporte Terrestre. Art.: 22 Ley de transporte terrestre. Las Autoridades Administrativas Anteriormente se señalaban autoridades administrativas de transito terrestre, a todaslas determinadas en el reglamento de la ley. Art. 18 Ley de transito terrestre: Las autoridades administrativas del transito terrestre serán determinadas en el reglamento de esta ley. Para el antiguoreglamento se clasificaban las autoridades en Autoridades Administrativas y Autoridades Judiciales. Las Autoridades Administrativas eran Ministerio de Transporte y comunicaciones Dirección GeneralSectorial de transporte terrestre. Órganos de ejecución: La inspectoria de transito y el cuerpo de vigilancia Estos dependen de la dirección general sectorial de transporte terrestre Y dichasinspectorías se dividen en: Inspectorias de Zona Inspectorias Regionales Inspectorias Locales.
Los funcionarios a cargo de estas se denominan Inspectores, estos tiene el carácter de funcionarios de policía.Cabe resaltar que no se debe confundir inspectores del transito con los funcionarios de los cuerpo de vigilancia de transito, ya que los primeros son funcionarios administrativos de libre nombramientoy remoción del presidente de la republica por órgano del ministerio de transporte y comunicaciones. En la actualidad se clasifican en la ley vigente que tiene ahora por nombre ley de transporte...
Regístrate para leer el documento completo.