transparencia
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Contabilidad gubernamental
DR. Néstor López
Tema: “administración pública en la época colonial y gran Colombia”
RESEÑA HISTÓRICA DE LA LEGISLACIÓN HACENDARIA
ÉPOCA COLONIAL Y GRAN COLOMBIA
Legislación de Indias
Las normas sobre administración financiera y control en elEcuador tienen raíces lejanas en la Legislación de Indias, dictada por España para el gobierno de América, durante el período colonial que se extendió hasta el siglo diecinueve.
La legislación de Indias gravita sobre el concepto de las llamadas "cajas reales", verdaderas arcas o depósitos físicos de los recursos financieros de la corona, provistos de cuidadosos dispositivos de seguridad. Estas cajaseran administradas conjuntamente por tres oficiales reales - tesorero, contador y factor - quienes desempeñaban las funciones de recaudación, custodia, desembolso y registro, hallándose sujetos a diversas prohibiciones para garantizar su eficacia e independencia. En un plano decisorio existían las juntas de hacienda, cuerpos colegiados que tenían como cometido el tratar lo relativo al aumento dela real hacienda y su mejor administración.
Como órganos contralores se encontraban los tribunales de contadores o de cuentas, a quienes debían rendir cuenta los oficiales reales. Tales tribunales juzgaban e intervenían las cuentas, pudiendo pedir o tomar los libros de los oficiales reales, y cobrar y hacer cobrar los alcances. Se reconocía la posibilidad de apelar de las decisiones sobrecuentas y cobranzas de alcances, ante un tribunal superior, de jueces oidores, en primera y segunda instancia e, inclusive, se aceptaba una tercera instancia sostenible inmediatamente ante el monarca español.
Antecedentes
La herencia administrativa española y la Administración Pública ecuatoriana en el siglo xix
La Constitución ecuatoriana de 1830 contempla dentro del “Poder Ejecutivo”, paraasistir al Jefe de Estado, un “ministerio de Estado” a cargo de un Ministro Secretario encargado de dos secciones: gobierno interior y exterior y hacienda; y el Consejo de Estado, con funciones consultivas. Las unidades de Guerra y Marina están a cargo del Jefe de Estado Mayor General. Un Decreto de 1831 separa “provisionalmente” “el ministerio de hacienda del interior y exterior”i. La siguienteConstitución, de 1935, fija en tres el número de los ministros secretarios de Estado: Interior y Relaciones Exteriores, Hacienda, y Guerra y Marina. A finales de siglo, la Ley Fundamental de 1897 dispone que habrá “hasta cinco Ministros Secretarios de Estado”, remitiéndose a la ley para la determinación de los “ramos y las funciones correspondientes a cada uno de los ministerios”.
El Consejo deEstado —a veces denominado “Consejo de Gobierno”— es una institución consultiva que se reconoce desde la primera Constitución del Ecuador, como se acaba de ver, y persiste hasta bien entrado el siglo xx.
El “Congreso Constituyente” de 1830 que estableció el “Estado del Ecuador” y dictó su primera Ley Fundamental se remite a la legislación colombiana de 1825 para la organización administrativa.Afirma que “siendo pocas las variaciones que ha hecho en lo concerniente al régimen, ó gobierno interior de las provincias de su distrito, i habiendo manifestado la experiencia que las innovaciones y la multiplicidad de leyes reglamentarias solo causan confusión, inquietud i disgusto a los pueblos”; razón por la cual decide aplicar “literalmente” la Ley colombiana de 1925, que había regido hastaentonces en este Departamento, que hoy es Ecuador. Esta “Ley sobre organización y régimen político y económico de los departamentos y provincias” establece como autoridades administrativas a los intendentes para los “departamentos”, gobernadores para las provincias —los intendentes son gobernadores de las provincias en que tienen su residencia”—, los jefes políticos municipales, los alcaldes...
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