traslado argentinos
En el Estado de Condena:
a) Declaración escrita que contiene la manifestación de voluntad que presta consentimiento con el traslado.b) Copia certificada de la sentencia de condena
c) Declaración de que la sentencia está firme y ejecutoriada
d) Un juego de fichas dactiloscópicas de la persona condenada
e) Copia de las normativaspenales aplicadas
f) Informe sobre el cómputo de la pena o la medida de seguridad impuesta al condenado, indicando el tiempo cumplido y señalando el tiempo de detención previa
g) Informe sobre elcomportamiento del condenado.
h) Cualquier otra información que pueda ayudar al estado de cumplimiento el tratamiento más conveniente al interno con la finalidad de promover la rehabilitación social,como puede ser el informe médico, psicológico y social.
En el Estado de Ejecución:
a) Documentación que acredite la nacionalidad
b) Copia de las normativas penales vigentes que tipifican en elEstado de cumplimiento, los actos u omisiones que dieron lugar a la sanción en el Estado de condena.
c) Declaración relativa a las consecuencias jurídicas que implica el traslado (que tengan incidenciadespués de la aceptación del traslado por ambos Estados las referentes a las normas de ejecución penitenciaria del Estado de cumplimiento después del traslado).
d) Informe socioambiental u otros datosadicionales donde se evalúe que el traslado contribuye a la rehabilitación social de la persona condenada.
Además de la documentación enumerada, los Estados Partes pueden requerir toda información odocumentación adicional que crean que pueden contribuir a decidir el traslado.
Procedimiento a seguir para la transferencia internacional de nacionales extranjeros condenados por TribunalesArgentinos.-
La repartición con incumbencia primaria para la tramitación de las solicitudes desde o hacia la Argentina es la Dirección Nacional de Cooperación Internacional Jurídica y en Sistemas...
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