trata de persona
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN
MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE
ESTOS DELITOS
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 1. El presente Reglamento es de orden público, interés social y de observancia general en todo el territorio nacional, y tiene por objeto establecerlas bases de coordinación del Gobierno Federal para la prevención, atención, investigación, persecución, erradicación y sanción de los delitos en materia de trata de personas.
Lo dispuesto en el presente Reglamento será aplicable a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República, en el ámbito de sus respectivas competencias.Para lo no previsto en el presente Reglamento se aplicará de manera supletoria las disposiciones contenidas en la Ley General de Víctimas.
Artículo 2. Para los efectos del presente Reglamento, además de las definiciones señaladas en el artículo 4o. de la Ley, se entenderá por:
I. Albergues, Casas de Medio Camino y Refugios: Establecimientos que otorgan Asistencia y Protección a las víctimas,ofendidos y testigos de los delitos previstos en la Ley, así como, resguardo y hospedaje temporal a fin de promover su integración social y productiva, con independencia de la denominación que le otorgue cada dependencia y entidad de la Administración Pública Federal o la Fiscalía, en términos de lo dispuesto por el artículo 113, fracción VIII, de la Ley;
II. Anuncios Clasificados:Publicidad que oferta y demanda bienes, productos y servicios que por su contenido se considere ilícita o engañosa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4, fracciones XV y XVI, de la Ley;
III. Atención Médica Integral: Aquella que comprende actividades preventivas, curativas, paliativas y de rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias, con Enfoque Diferencial y Especializado;IV. Enfoque Diferencial y Especializado: Reconocimiento de la existencia de grupos de población con características particulares;
V. Fiscalía: La Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la Procuraduría;
VI. Fiscalías y Procuradurías de las Entidades Federativas: Las Procuradurías Generales de Justicia estatales y del Distrito Federal o susequivalentes;
VII. Invitados Expertos: Aquellas personas que por su experiencia laboral o académica o por sus conocimientos especializados coadyuven con los trabajos de la Comisión, brindando información que esta requiera para el adecuado cumplimiento de sus atribuciones;
VIII. Lengua de Señas Mexicana: La lengua prevista en el artículo 2, fracción XVII, de la Ley General para la Inclusiónde las Personas con Discapacidad;
IX. Lineamientos: Los Lineamientos para la Vigilancia y Monitoreo de los Anuncios Clasificados;
X. Medios Electrónicos: Mecanismos, herramientas, instalaciones, equipamientos o sistemas que
permiten reproducir, almacenar o transmitir, documentos, datos, imágenes o informaciones, a través de cualquier red de comunicación abierta o restringida, como loson, de manera enunciativa, televisión, radio y cine;
XI. Persona con Discapacidad: Aquella a que se refiere el artículo 2, fracción XXI, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad;
XII. Personas en Situación de Vulnerabilidad: Las personas que tienen factores de riesgo de ser víctimas de los delitos en materia de trata de personas de conformidad con lossupuestos del artículo 4, fracción XVII, de la Ley;
XIII. Presidente: El Presidente de la Comisión;
XIV. Programas Permanentes: Aquellos programas sectoriales y especiales de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como de las Fiscalías y Procuradurías de las Entidades Federativas, cuyas acciones tengan relación con la prevención, investigación y sanción de...
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