Tratado de libre comercio entre mexico y costa rica
SIGNATARIOS: MEXICO, COSTA RICA
Fecha de Firma del Tratado: 5 de Abril, 1994
OBJETIVOS: Los objetivos de este Tratado, desarrollados de manera específica a través de sus principios y reglas, incluidos los de trato nacional, trato de nación más favorecida y transparencia, son los siguientes:
* (a) estimular la expansión ydiversificación del comercio entre las Partes;
* (b) eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y de servicios entre las Partes;
* (c) promover condiciones de competencia leal en el comercio entre las Partes;
* (d) aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los territorios -de las Partes;
* (e) proteger y hacer valer, de manera adecuada yefectiva, los derechos de propiedad intelectual en territorio de cada Parte;
* (f) establecer lineamientos para la ulterior cooperación entre las Partes, así como en el ámbito regional y multilateral encaminada a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado;
* (g) crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta y para lasolución de controversias.
Provisiones Ambientales dirigidas a Preocupaciones Ambientales
EMPRENDER todo lo anterior de manera congruente con la protección y la conservación del ambiente;
PROMOVER el desarrollo sostenible;
REFORZAR la elaboración y la aplicación de leyes y reglamentos en materia ambiental;
Capítulo III: Trato nacional y acceso de bienes al mercado - Sección E: Publicacióny notificación - Artículo 3-13.5: Publicación y notificación.
5. Cada Parte identificará en términos de las fracciones arancelarias y de la nomenclatura que les corresponda conforme a sus tarifas respectivas, las medidas, restricciones o prohibiciones a la importación o exportación de bienes por razones de seguridad nacional,salud pública, preservación de la flora o fauna, del medio ambiente,sanidad fitopecuaria, normas, etiquetas, compromisos internacionales, requerimientos de orden público o cualquier otras regulaciones.
Capítulo IV: Sector agropecuario y medidas fitosanitarias y zoosanitarias - Sección B: Medidas fitosanitarias y zoosanitarias - Artículo 4-16.1 (e): Evaluación del riesgo y nivel de protección adecuado.
1. En la búsqueda de la protección a la vida y saludhumana, animal o vegetal en su territorio cada Parte podrá llevar a cabo evaluaciones del riesgo. Al realizar esas evaluaciones, la Parte tomará en cuenta, entre otros factores relacionados con un producto, cualquiera de los siguientes:
a) las condiciones ecológicas y otras condiciones ambientales pertinentes
Capítulo IX: Principios generales sobre el comercio de servicios - Artículo 9-16 (b) (c):Excepciones. A reserva de que las medidas enumeradas a continuación no se apliquen de forma que constituyan un medio de discriminación arbitrario o injustificable entre países en que prevalezcan condiciones similares, o una restricción encubierta del comercio internacional de servicios, ninguna disposición de este capítulo se interpretará en el sentido de impedir que una Parte adopte o apliquemedidas:
b) necesarias para proteger la vida y la salud de las personas, animales o para preservar las especies vegetales en su territorio, o para la puesta en práctica de reglas y normas de acuerdos internacionales, de los que la Parte sea parte para la conservación del ambiente;
c) impuestas para la protección de los tesoros nacionales o artísticos, históricos o arqueológicos;
Capítulo XI:Medidas de normalización - Artículo 11-01.2: Definiciones.
Para efectos de este capítulo se entenderá por: evaluación de riesgo: evaluar el daño potencial que sobre la salud y la seguridad humana, animal y vegetal o el medio ambiente pudiera ocasionar algún bien o servicio que sea comercializado entre las Partes; objetivos legítimos: que incluyen la garantía de la seguridad y la protección de...
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