tratado de montevideo 1940
Tratados de Montevideo de 1889 y 1940. Leyes aplicables.
PATRIA POTESTAD
Los Tratados de Montevideo contienen disposiciones específicas referidas a la ley aplicable y ala jurisdicción competente en materia de patria potestad, adoptando soluciones distintas en sus dos versiones.
Mientras que el de 1889 somete las relaciones personales derivadas de la patriapotestad a la ley del lugar en que se ejercita, y las relaciones patrimoniales al lugar de situación de los bienes, el de 1940 sujeta las relaciones personales y patrimoniales a la ley del domicilio delprogenitor que ejerce la patria potestad, sometiendo ambas cuestiones a una sola ley.
El de 1889 consagra en su artículo número 14 que “La patria potestad en lo referente a los derechos y deberespersonales, se rige por la ley del lugar en que se ejercita”. El art. 15 agrega, “Los derechos que la patria potestad confiere a los padres sobre los bienes de los hijos, así como su enajenación y demásactos que los afecten, se rigen por la ley del Estado en que dichos bienes se hallan situados”.
Debemos también mencionar lo dispuesto por el artículo 24, el cual establece que “Las medidas urgentesque conciernen a las relaciones personales entre cónyuges, al ejercicio de la patria potestad y a la tutela y curatela, se rigen por la ley del lugar en que residen los cónyuges, padres de familia,tutores y curadores”.
El de 1940 consagra la tesis de la unidad ya que en su art 18 establece que “La patria potestad, en lo referente a los derechos y a los deberes personales se rige por la ley deldomicilio de quien la ejercita”.
En su artículo 19, además consagra que “Por la misma ley se rigen los derechos y las obligaciones inherentes a la patria potestad respecto de los bienes de loshijos, así como su enajenación y los demás actos de que sean objeto, en todo lo que, sobre materia de estricto carácter real, no esté prohibido por la ley del lugar de la situación de tales bienes”....
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