TRATADOS INTERNACIONALES
UNIDAD NORMATIVA-No integración
CONVENIO INTERNACIONAL DE TRABAJO RATIFICADO POR COLOMBIA-Evolución de la jurisprudencia constitucional acerca de su valor en elordenamiento jurídico
BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD-Noción
BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD EN SENTIDO LATO-Concepto
BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD STRICTO SENSU-Concepto
CONVENIOINTERNACIONAL DE TRABAJO RATIFICADO POR COLOMBIA-Integración a la legislación interna
No ofrece ninguna duda que todos los convenios internacionales del trabajo ratificados por Colombiafueron integrados a la legislación interna, por disposición expresa del inciso cuarto del artículo 53 de la Constitución. Esto significa que, de manera general, todos estos convenios adquieren el carácterde normas jurídicas obligatorias en el derecho interno por el solo hecho de su ratificación, sin que sea necesario que se dicten nuevas leyes para incorporar su contenido específico en el ordenamientojurídico del país o para desarrollarlo.
CONVENIO INTERNACIONAL DE TRABAJO RATIFICADO POR COLOMBIA-Determinación de los que hacen parte del bloque de constitucionalidad/CONVENIO INTERNACIONALDE TRABAJO RATIFICADO POR COLOMBIA-Determinación de los que hacen parte del bloque de constitucionalidad en sentido estricto y en sentido lato
Es preciso distinguir entre los convenios de laOIT, puesto que si bien todos los que han sido “debidamente ratificados” por Colombia, “hacen parte de la legislación interna” -es decir, son normas jurídicas principales y obligatorias para todos loshabitantes del territorio nacional, sin necesidad de que una ley posterior los desarrolle en el derecho interno- no todos los convenios forman parte del bloque de constitucionalidad, en razón a quealgunos no reconocen ni regulan derechos humanos, sino aspectos administrativos, estadísticos o de otra índole no constitucional. Igualmente, es claro que algunos convenios deben necesariamente formar...
Regístrate para leer el documento completo.