Tratamiento informativo de la discapacidad en los medios de comunicación
© Inma Martín Herrera
Considero oportuno comenzar este análisis sobre el tratamiento informativo de la discapacidad en los medios de comunicación exponiendo el significado de los dos términos en torno a los cuales se desarrolla el artículo. Según el diccionario de la Real Academia de la Lengua, ‘discapacidad’ es calidad dediscapacitado. Por su parte, la acepción de ‘discapacitado’ es: Persona incapacitada por lesión congénita o adquirida para ciertos trabajos o movimientos.
Respecto al segundo concepto, es decir, los medios de comunicación, el Tribunal Constitucional reconoce a la profesión periodística como el instrumento más eficaz para el ejercicio de la libertad de expresión y de información, ambas creadorasde la opinión pública. Este derecho a informar y a estar informados acerca de noticias actuales, veraces y con interés público, que recoge el artículo 20 de la Constitución Española, es aplicable a todos los ciudadanos. Y como ciudadanos que son, las personas discapacitadas también forman parte de la realidad informativa, ya que constituyen un colectivo amplio (el 10% de la población europea sufrealgún tipo de discapacidad, lo que supone casi 40 millones de personas) con unas determinadas particularidades, preocupaciones, necesidades y reivindicaciones que quieren informar, informarse y tener un fácil acceso a los medios de comunicación.
Y, además, es importante que lo hagan, que se informen y que estén conectados a la actualidad, porque los medios constituyen una vía de contacto delhombre con el mundo. Puede decirse que las noticias son trozos de la vida real, y la discapacidad es una realidad que merece y exige un correcto tratamiento informativo.
La dificultad surge cuando existen problemas de accesibilidad a los medios de comunicación como consecuencia de una discapacidad. En este sentido, el Libro Blanco ‘Política Social Europea. Un paso adelante para la Unión’, de laComisión Europea, del 27 de julio de 1994, aboga por garantizar que los individuos con discapacidades puedan ejercitar los mismos derechos y obligaciones que el resto de los ciudadanos, y entre estos derechos figura el de la libertad de información. Por ello, el documento promueve el diseño de acciones específicas que aseguren el acceso de las personas discapacitadas a cualquier servicio público,incluidos los informativos y periodísticos, de manera que tanto el diseño como el contenido de todos los sitios públicos de Internet deben ser creados considerando a las personas con discapacidad. Asimismo, las instituciones deben también fomentar sus vínculos con entes privados en busca de ese acceso generalizado.
Por su parte, el documento de la C.E ‘Estrategias para la creación de empleo en laSociedad de la Información’, del 4 de febrero de 2000, recomienda a las industrias de la Sociedad de la Información que procuren trabajar en el diseño de equipos de fácil utilización.
Cada discapacidad genera un handicap diferente que precisa de una solución distinta y específica. En el caso de las personas con limitaciones visuales o con ceguera, su problema para acceder a los medios multimedia(televisión e internet) puede solucionarse mediante el empleo de amplificadores de pantalla, lectores de pantalla, archivos de sonido, sistemas de audio-descripción de contenidos o la disponibilidad de una línea braille. Las personas sordas pueden salvar sus dificultades auditivas haciendo uso del teletexto, el subtitulado o el lenguaje de signos. Por otro lado, existen dispositivos que favorecen elacceso de una persona con discapacidad física a, por ejemplo, la web de un diario digital. Entre otros aparatos, figuran ratones alternativos como el ratón de cabeza, el apuntador de boca, y los sistemas de seguimiento del movimiento del ojo y reconocimiento de la voz. Además, también son recomendables, siempre según el caso, los teclados alternativos con teclas de mayor tamaño o con mayor...
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