Tribunal De Lo Contencioso Administrativo De Uruguay
Existen 4 características que debe presentar un acto administrativo para ser admisible la nulidad ante el TCA. Estas son:
Definitivo: Es la característica que debe tener el actoimpugnable, ya no tiene la opción de ser modificado. Es cuando el Administrado interpuso en vía administrativa todos los recursos administrativos posible con el objetivo de lograr que la Administraciónmodificara el alcance del acto administrativo que le produce el prejuicio no habiendo obtenido resultados positivos. Se convierte en definitivo una vez que respecto de dicho acto se agoto la víaadministrativa.
Cumplido por la Administración: Esta exigencia normativa es innegable ya que si el acto administrativo que genera lesión a los derechos de una persona no hubiera sido cumplido, la lesiónaludida no podría llegar a concretarse nunca
Dictado en el ejercicio de las funciones: si el órgano estatal que dicta el acto que nos perjudica, no actúa dentro de las funciones que competa a lalegislación, este órgano dictaría un acto administrativo si estar facultado a ello, por lo que el acto seria inexistente por completo.
Dictado contrario a una norma de derecho con desviación de poder:
Lasrazones para impugnar un acto administrativo puede ser dos, ser dictado contra una norma de derecho, o ser dictado con desviación de poder.
Contrario a norma de derecho: Un acto dictado contrario auna regla de derecho quiere decir que ese acto se opone al contenido de específico de las normas jurídicas generales vigentes, por lo que concluir la necesidad de sostener su nulidad es inobjetable.Con desviación de poder: Es cuando el órgano competente justifica el acto administrativo dictado dentro de los extremos de las normas vigentes. En los hechos reales, persigue una finalidad adversa....
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