Tribunal
Según la doctrina Parotlos beneficios penitenciarios se aplican a cada una de las condenas que tenga el interno de forma individual y no al cómputo máximo de cumplimiento de las penasque marca la ley, que es 30 años. La aplicación de esta doctrina ha permitido hacer efectivo un mayor tiempo del cumplimiento de las condenas.
En 2008, elTribunal Constitucional estableció una nueva doctrina, la del doble cómputo de las penas. Esta doctrina contempla la posibilidad de restar el tiempo que unrecluso ha permanecido en prisión preventiva de cada una de las condenas firmes que esté cumpliendo por otros delitos. La sentencia del Tribunal Constitucional fuecriticada por la fiscalía y el Tribunal Supremo, ya que abría una brecha en la doctrina Parot. De hecho, gracias a la aplicación de la doctrina delConstitucional, el etarra del comando Vizcaya Koldo Hermosa Urra, que, por aplicación de la doctrina del Supremo, debía permanecer en la cárcel hasta 2017, quedó enlibertad en enero de este año.El Gobierno ha tomado buena nota y en la reforma del Código Penal que ha entrado en vigor en 2010 ha modificado el artículo 58.1, demodo que el tiempo pasado en prisión preventiva solo sea abonado únicamente en la pena efectiva que se aplique por esa causa y no en otras que tenga el reo.
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