tributario
SANCION POR CORRECCIÓN ARITMETICA
DANNY ALEJANDRA RAMOS ACOSTA
GISELA TATIANA LOZANO ARENAS
LINA MARCELA GÁLVEZ HURTADO
DERECHO TRIBUTARIO
SANCIÓN POR CORRECCIÓN ARITMÉTICA
UNIDAD CENTRAL DEL VALLE DEL CAUCA
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y HUMANISTICAS
TULUA – VALLE
2014
SANCIONES RELATIVAS A LAOBLIGACION DE DECLARAR
SANCION POR CORRECCION ARITMETICA
Danny Alejandra Ramos Acosta
Gisela Tatiana Lozano Arenas
Lina Marcela Gálvez Hurtado
Derecho tributario
Sanción por corrección aritmética
Docente: Holver Leon Rivera Cabal
Semestre: Quinto B
UNIDAD CENTRAL DEL VALLE DEL CAUCA
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y HUMANISTICAS
TULUA – VALLE
2014
SANCIÓN PORCORRECCION ARITMETICA
Dentro de nuestra legislación colombiana en materia tributaria existen un sin número de sanciones con la finalidad de multar de manera drástica las violaciones, trasgresiones y omisiones de las normas tributarias.
En este sentido nos centraremos en la sanción por corrección aritmética que se encuentra estipulada en el artículo 646 del estatuto tributario.
Aduciendo que es devital importancia que a la hora de realizar las declaraciones, el contribuyente debe de fijarse minuciosamente en las cifras que acompañaran dicha declaración, puesto que al encontrar algún error aritmético la DIAN podría imponerle una sanción que afectara directamente el patrimonio del contribuyente.
Para ubicarnos un poco hay que dejar claro que el error aritmético hace referencia al error decálculo numérico en que se incurre al elaborar la declaración de renta. Pero hay casos en los cuales la Dian puede encontrar que además del error aritmético el contribuyente omitió ingresos o incluyó costos o deducciones inexistentes o no procedentes y para que pueda corregir esto, tiene que abrir un proceso distinto, ya que la corrección aritmética opera exclusivamente para los erroresaritméticos.
Según el Artículo. 646. Nos habla sobre la Sanción por corrección aritmética.
Cuando la Administración de Impuestos efectúe una liquidación de corrección aritmética sobre la declaración tributaria, y resulte un mayor valor a pagar por concepto de impuestos, anticipos o retenciones a cargo del declarante, o un menor saldo a su favor para compensar o devolver, se aplicará una sanciónequivalente al treinta por ciento (30%) del mayor valor a pagar o menor saldo a favor determinado, según el caso, sin perjuicio de los intereses moratorios a que haya lugar. La sanción de que trata el presente artículo, se reducirá a la mitad de su valor, si el contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante, dentro del término establecido para interponer el recurso respectivo, acepta loshechos de la liquidación de corrección, renuncia al mismo y cancela el mayor valor de la liquidación de corrección, junto con la sanción reducida.
Al leer el artículo anterior nos surge un interrogante. ¿Cuándo se presenta el error aritmético en las declaraciones tributarias? y para responder a ello nuestra legislación colombiana nos tiene 3 puntos clave a saber:
1. A pesar de haberse declaradocorrectamente los valores correspondientes a hechos imponibles o bases gravables, se anota como valor resultante un dato equivocado.
2. Al aplicar las tarifas respectivas, se anota un valor diferente al que ha debido resultar.
3. Al efectuar cualquier operación aritmética, resulte un valor equivocado que implique un menor valor a pagar por concepto de impuestos, anticipos o retenciones a cargo deldeclarante, o un mayor saldo a su favor para compensar o devolver.
Cuando se esté seguro de que se puedo haber incurrido en alguno de los errores anteriores, la DIAN para poder imponer la sanción aritmética a nuestros contribuyentes, es de suma importancia que primero profiera un requerimiento especial para poder garantizarles a estos el derecho de defensa. Después de que se realice dicho...
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