Tributos
Es bien sabido; que el fin último de la actividad fiscal, es la percepción en tiempo y forma de los tributos debidos. Este resultado implica tareas cualitativas ycuantitativas previas a la percepción. Ese cumulo de tareas son las que integran la denominada “DETERMINACION TRIBUTARIA”. Pero el órgano fiscal debe llevar a cabo ciertas y determinadas actividades para quedicha determinación se haga presente. Hablamos entonces de los deberes formales de los sujetos pasivos, de las tareas fiscalizadoras de la determinación y de las actividades de investigación.
Despuésde nacida la obligación tributaria, ésta debe pasar por un procedimiento liquidatario o iter procedimental, pues la ley enuncia de manera abstracta los presupuestos del tributo y los criterios de sudeterminación, por lo cual es menester establecer concretamente si ha surgido una deuda impositiva y su importe.
Fue Giannini, quien definió la determinación del siguiente modo: es "el acto o laserie de actos necesarios para la comprobación y la valoración de los diversos elementos constitutivos de la deuda impositiva (presupuesto material y personal, base imponible), con la consiguienteaplicación del tipo gravamen y la concreta determinación cuantitativa de la deuda del contribuyente"
En efecto, la norma tributaria abstracta (ley en sentido formal) establece el presupuesto hipotéticogenerador de la sujeción al tributo; no obstante tal supuesto debe adaptarse a la situación particular y concreta de cada sujeto pasivo, a ese proceso se le denomina determinación de la obligacióntributaria.
En suma, para el nacimiento de la obligación tributaria se precisa de la conjunción de dos elementos genéticos sine qua non: la norma jurídica tributaria y el hecho generador.
La norma le darelevancia y juridicidad al supuesto de hecho, y se sirve del mismo para la producción de los efectos o consecuencias jurídicas.
El presupuesto de hecho o los hechos jurídicos incorporados en la...
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