TRIBUTOS
00OPERACIONES GRAVADAS
4386580-89535002862580-765810IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS
0IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS
438658030226004386580-2540008205470361950622490555245020339055524506223055245062230552450
805370568516506120130109474004119880694690022244058756650128905751840074726801094740Tratándose del caso de bienes intangibles provenientes delexterior, el Impuesto se aplicará de acuerdo a las reglas de utilización de servicios en el país. En caso que la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS hubiere efectuado la liquidación y el cobro delImpuesto, éste se considerará como anticipo del Impuesto que en definitiva corresponda.
00Tratándose del caso de bienes intangibles provenientes del exterior, el Impuesto se aplicará de acuerdo a lasreglas de utilización de servicios en el país. En caso que la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS hubiere efectuado la liquidación y el cobro del Impuesto, éste se considerará comoanticipo del Impuesto que en definitiva corresponda.
52152551313815Se considera primera venta y consecuentemente operación gravada, la que se realice con posterioridad a la resolución, rescisión, nulidad oanulación de la venta gravada, la posterior venta de inmuebles gravada a que se refiere está referida a las ventas que las empresas vinculadas económicamente al constructor realicen entre sí y a lasefectuadas por éstas a terceros no vinculados así como también la remodelación.
00Se considera primera venta y consecuentemente operación gravada, la que se realice con posterioridad a la resolución,rescisión, nulidad o anulación de la venta gravada, la posterior venta de inmuebles gravada a que se refiere está referida a las ventas que las empresas vinculadas económicamente al constructorrealicen entre sí y a las efectuadas por éstas a terceros no vinculados así como también la remodelación.
526288094615LA PRIMERA VENTA DE INMUEBLES QUE REALICEN LOS CONSTRUCTORES DE LOS MISMOS
00LA...
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