Tropasdeelite

Páginas: 41 (10231 palabras) Publicado: 19 de febrero de 2013
Hispania, LXIII/1, num. 213 (2003)

EL DERECHO CONSUETUDINARIO EN CASTILLA. UNA CRÍTICA A LA MATRIZ ROMÁNTICA DE LAS INTERPRETACIONES SOBRE LA COSTUMBRE
por PAOLA MICELI Universidad Nacional de General Sarmiento (Argentina)

RESUMEN:

Este artículo tiene como objetivo revisar la idea, fuertemente arraigada en la tradición de la historia del derecho español, según la cual la no aplicacióndel «Liber» después del siglo X en Castilla permitió el desarrollo de un derecho popular consuetudinario. La hipótesis que se desarrolla es que en las interpretaciones acerca del derecho castellano altomedieval existe una sobreinterpretación del fenómeno consuetudinario anclado en una mirada romántica de la costumbre, mirada que considera al derecho consuetudinario como espontáneo, inmanente a lasprácticas sociales, emergiendo de los comportamientos humanos. Se analiza la documentación foral entre los siglos X-XIV con el objeto de demostrar que la aparición del concepto «consuetudo» en los fueros castellanos, lejos de vincularse con un derecho de raíces populares y espontáneas guarda una estrecha relación con el trabajo de los romanistas y canonistas sobre el derecho romano. PALABRASCLAVE: España. Castilla. Edad Media. Costumbre. Derecho romano.

ABSTRACT:

The subject of this article is to reconsider the idea, strongly rooted in the tradition of the history of Spanish law, according to which the development of customary law in tenth-century Castile was a consequence of the «Liber». It is proposed here that there exists an romanticised view of customary law in interpretationsof the early medieval Castilian law based on a romantic view of the custom. This view presumes the customary law to be spontaneous, immanent in social practices, emerging naturally from human behaviour. This article analyses the evidence of the Castilian «fueros» between tenth and fourteenth centuries in order to demonstrate that, far from being linked with popular and spontaneous origins, theappearance of customary law was closely related to the work of the Roman and canon lawyers. KEYWORDS: Spain. Castile. Middle Ages. Custom. Roman Law.

Hispania, LXIII/1, num. 213 (2003) 9-28

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PAOLA MICELI

Uno de los tópicos de la historia del derechoespañol sostiene que tras la caída de la monarquía visigoda y el derecho del Liber, la población goda habría empezado a aplicar un derecho popular consuetudinario, que luego se fijaría en fueros y cartas pueblas. Según este hecho, nos enfrentaríamos a un derecho germánico altomedieval de raíz consuetudinaria. La existencia de este derecho germánico fue desigual en las distintas regiones de España.En Asturias y León el Liber se restableció entre los siglos IX y X. Por el contrario, las zonas de Castilla, Navarra y Aragón seguirían desconociendo durante algunos siglos el texto visigótico, haciendo posible la hegemonía de la costumbre1. El carácter de este derecho altomedieval español provocó numerosos debates historiográficos. Una buena parte de las discusiones giraron en torno de lapertinencia o no de hablar de un derecho germánico como cuerpo homogéneo, distinto y enfrentado al derecho romano2. Como es sabido, García Gallo planteó que el derecho germánico como construcción doctrinal no tuvo vigencia en ningún momento histórico ni en ningún territorio concreto, sino que fue «una abstracción teórica de laboratorio elaborada por los estudiosos contemporáneos sobre principios extraídosde los diferentes derechos de los distintos pueblos de raza germánica»3. Según Gallo, los pueblos del norte de España deficientemente romanizados conservaron sus costumbres prerromanas y las llevaron consigo en el momento que repoblaron la meseta. Esto significa, según Gallo, que el derecho medieval fue resultado de una mezcla de distintos ordenamientos jurídicos: prerromano, romano, visigodo4....
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