Tsu educacion integral
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE Y FORMACION ESPECIALIZADA
ESTADO-ZULIA
[pic]
Realizado por:
Geimili Briceño
C.I: 21356274
Curso: Aduanas y Comercio Exterior
Turno: Sabatino
Maracaibo, 18/08/12
DESARROLLO
[pic]
Régimen deDevolución de Impuestos de Importación (DrawBack)
Es el régimen aduanero que permite, como consecuencia de la exportación de mercancías, obtener la restitución total o parcial de los derechos arancelarios, que hayan gravado la importación para el consumo de las mercancías (insumos) contenidas en los bienes exportados o consumidos durante su producción.
Sin embargo también se puede decir, quees el procedimiento aduanero mediante el cual, cuando se exporten bienes cuyos procesos productivos fueron incorporados mercancías importadas, se devuelven los impuestos de importación cancelados respecto a dichas mercancías, los importadores interesados en acogerse a este régimen deben presentar su solicitud ante la gerencia aduanera del seniat (servicio nacional integrado de administraciónaduanera y tributaria).
EXCLUSIONES
Según el RLOASRLSOAE
- Lubricantes
- Combustibles
- Piezas de recambio o repuestos de bienes de capital
Utilizados en el proceso productivo.
- Mercancías transformadas en subproductos, mermas o
Desperdicios.
- Envases, empaques y embalajes comercializados en el
Territorio nacional.
- Las demásestablecidas a través de Providencias.
Unidad responsable
Intendencia Nacional de Aduanas – Gerencia de Regímenes Aduaneros - División de Destinaciones Aduaneras - Unidad de DrawBack.
BASE LEGAL
■ Ley Orgánica de Aduanas (Art. 4 Núm. 14 y Art. 5 Núm. 6)
■ Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre los Regímenes de Liberación, Suspensión y Otros Regímenes AduanerosEspeciales (Principalmente Art. 66 al 69)
Ley Orgánica de Aduanas dice;
Artículo 4: corresponde al ministro del poder popular con competencia en materia de finanzas:
Numeral 14 “establecer estímulos a la exportación mediante la liberación, anulación, reintegro o devoluciones, remisión de gravámenes, restricciones y otras obligaciones de carácter aduanero, mediante regímenes de reposición,de depósitos aduaneros y, en general, de estímulos a la referida operación”
Artículo 5: corresponde a la superintendencia nacional de administración aduanera y tributaria:
Numeral 6 “ reintegrar devolver total o parcialmente el monto de los impuestos arancelarios que hubieren sido cancelados, cuando se traten de mercancías destinadas a la elaboración o terminación en el país de productos queluego sean exportados, o en caso de mercancías nacionalizadas que por circunstancias especiales debidamente comprobadas deban salir definitivamente del país”
Ley del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre los Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales.
Artículo 66: “de conformidad con el ordinal 14 del artículo 4 de la ley, las personas querealicen exportaciones podrán obtener, en los términos previsto en esta sección, la devolución de los impuestos arancelarios que hayan gravado a las mercancías utilizadas en el proceso productivo de los bienes objeto de la respectiva operación y que hubiesen sido pagados directamente por el exportador, o cuyo pago haya sido soportado por este en el precio de adquisición de tales mercancías”Artículo 67: “para el cálculo de la respectiva devolución se multiplicara el porcentajes correspondiente a cada rama industrial por el valor FOB de exportación, en moneda nacional calculado al tipo de cambio referencial para la venta del Banco Central de Venezuela, para la fecha de registro de la respectiva declaración de aduanas, menos el porcentaje correspondiente a merma y desperdicios, para cada...
Regístrate para leer el documento completo.