Tsu. Electicidade
●La amenaza debe ser inminente, tangible, real oefectiva7. Además, debe ser reparable mediante Amparo Constitucional y no puede haber sido consentida por el agraviado expresa o tácitamente. ●La LOADGC establece que el consentimiento se entiendeexpreso transcurridos 6 me- ses desde el momento de la violación o amenaza de violación de los derechos y garantías constitucionales. Es tácito el consentimiento cuando hay signos inequívocos de acepta-ción. Sin embargo, la LOADGC establece como excepción al consentimiento de la lesión cuando se trata de violaciones al orden público o a las buenas costumbres (cuando la lesión que derive delejercicio de potestades públicas es tan grave que requiera de una tutela debida en todo momento). Además, la LOADGC hace referencia a aquellas viola- ciones continuadas, en cuyo caso no se cuentan los 6meses como requisito de admisibilidad.
❚❘La Acción de Protección por ante la jurisdicción de niños, niñas y adolescentes Es una acción establecida recientemente en la Ley Orgánica para la Protección delNiño y del Adolescente (LOPNA) que podemos ejercer sólo ante la jurisdicción de niños y adolescentes. Según el artículo 276 de la LOPNA, es un recurso judicial que procede contra hechos, actos uomisiones de particulares, órganos o instituciones públi- cas o privadas que amenacen o violen derechos colectivos o difusos de los niños, niñas y adolescentes. Tiene semejanzas con la acción de AmparoConstitucional, en cuanto a que su fin es restablecer situaciones jurídicas infringidas, pero es distinta en varios aspectos. A saber:
a) Esta acción solo procede ante los Tribunales de Protección...
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