Tu puta madre
DECIMA modificación al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
GERARDO RUIZ MATEOS, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de laAdministración Pública Federal; 5o., fracciones X y XII de la Ley de Comercio Exterior; y 5, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que la Ley de Comercio Exterior faculta a la Secretaría de Economía para emitir reglas que establezcan disposiciones de carácter general en el ámbito de su competencia, así como los criterios necesarios para el cumplimiento delas leyes, acuerdos o tratados comerciales internacionales, decretos, reglamentos y demás ordenamientos generales de su competencia;
Que el 6 de julio de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, modificado mediante diversos dados a conocer en el mismomedio informativo el 3 de septiembre y 12 de octubre de 2007, 28 de enero, 11 de abril, 11 y 16 de junio, 26 de agosto y 16 de octubre de 2008;
Que el Tratado de Libre Comercio de América del Norte establece que a partir del 1o. de enero de 2009, México no podrá adoptar ni mantener una prohibición o restricción a la importación de vehículos originarios usados, provenientes de territorio deEstados Unidos o de Canadá que tengan 10 años o más de antigüedad;
Que derivado de lo anterior se adecuó la política arancelaria para facilitar: la clasificación de los vehículos usados que se podrán importar en forma definitiva y la administración de los permisos de importación para los vehículos usados que estarán sujetos a dicho requisito, creándose fracciones arancelarias para este tipode vehículos en la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación;
Que a fin de implementar la aplicación de las nuevas fracciones arancelarias, es necesario actualizar el mencionado Acuerdo en lo que a la materia de permisos corresponde, y
Que el presente instrumento cuenta con la opinión favorable de la Comisión de Comercio Exterior, he tenido a bien expedirla
DECIMA MODIFICACION AL ACUERDO POR EL QUE LA SECRETARIA DE ECONOMIA EMITE REGLAS Y CRITERIOS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR
ARTICULO PRIMERO.- Se REFORMA la regla 2.2.14, fracción IX del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, publicado el 6 de julio de 2007 en el Diario Oficial dela Federación, y sus modificaciones, para quedar como sigue:
“2.2.14 . . .
I a VIII . . .
IX. Vehículos tipo patrulla destinados a programas de seguridad pública que se clasifiquen en las fracciones arancelarias de la Tarifa 8703.24.02 u 8703.33.02 (que cuenten como mínimo con: torreta; sirena; porta arma; malla y/o división entre asientos delanteros y traseros; sistema de suspensiónreforzada; y sistema de frenos reforzado), con una antigüedad de 5 a 10 años modelos anteriores a la fecha en que se realice la importación.
. . .
. . .”.
ARTICULO SEGUNDO.- Se REFORMAN los artículos 6o. y 17, fracción IV; se DEROGA el artículo 11 y se ADICIONA el artículo 6o. BIS al Anexo 2.2.1 “Acuerdo de Permisos” del Acuerdo referido en el artículo precedente, para quedar comosigue:
“ANEXO 2.2.1
ACUERDO DE PERMISOS
ARTICULO 1o. a 5o.- . . .
ARTICULO 6o.- . . .
|Fracción arancelaria |Descripción |
|8701.20.02 |Usados. |
|8702.10.05 |Usados....
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