Tu vieja en tanga
Forma de Estado en la Constitución de 1978.
Ausencia de datos. No hay definición precisa de la forma del Estado. Hay que interpretarlo. La tesis tradicional es la de distinguirla forma de Estado en función de la atribución de la soberanía y de acuerdo con el 1.2 de la Constitución (Carecerán de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior. )Hay quehablar de un Estado unitario.
No se puede negar que si enlazamos este 1.2 con el título octavo de la Constitución se ve que fundamenta un proceso de intensa descentralización que tiene un carácteradministrativo y político.
Al analizar esta intensa descentralización, algunos autores han sostenido que en la práctica podíamos llegar a un auténtico Estado federal. Argumento falaz, porque existen unostopes infaltables.
Si se analizan las normas de los Estados federales cercanos, hay una regla muy característica, la federación dicta las leyes más importantes, pero la ejecución administrativade las leyes, incluidas las de las leyes federales, corresponde a los Estados federales: no existe prácticamente una administración federal. ¿Cabe trasplantarse este modelo? No, en absoluto. En el Art.149 de la Constitución se habla continuamente de competencias ejecutivas del Estado. (En obras públicas, puertos, tendidos eléctricos) hay una sentencia sobre la ley de marcas que establece en uno desus Arts que el Estado debe crear un registro dónde se inscriban las marcas y normas comerciales. Esta ley fue recurrida por el gobierno vasco y catalán porque la competencia del Estado en marcasestá en el 149.1 9º porque pone "legislación mercantil" y crear un registro es ejecución. Pero echan mano del 149.1.1 "fijar las competencias básicas para el ejercicio de los derechos" el TribunalConstitucional dice que el 149.1 es soporte suficiente para que se pueda crear un registro porque eso es algo básico. En todos los aspectos en que se afecta a más de una comunidad autónoma el Estado puede...
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