Tutela
Carlos Rendón Ugalde señala en código civil para el distrito federal que es la guarda de la persona y bienes de los que no estando sujetos a patria potestad tienen incapacidad natural ylegal, o solamente la segunda para gobernarse por sí mismos.
Entre los rasgos esenciales dela tutela contenidos en el código civil se encuentran los siguientes:
1) Cargo de interés público irrenunciable.Nadie puede rehusarse a desempeñarla sin causa legal (art. 452_453, CCDF)
2) Supletoria. Ya que su objeto es la guarda de la persona y los bienes de los que no están sujetos a la patria potestadtienen incapacidad natural y legal,(art. 449 CCDF)
3) Pueden excusarse de ser tutores:
i. Los servidores públicos
ii. Los militares en servicio activo
iii. Lo que tengan bajo su patria potestad tres omás descendientes
iv. Los que por su situación socioeconómica, no puedan atender a la tutela sin menoscabo de su subsistencia.
v. Los que por estado de salud no puedan atender debidamente a la tutela.vi. Los que tengan setenta años cumplidos
vii. Los que tengan a cargo otra tutela o curaduría
viii. Los que por su inexperiencia en negocios o por causa grave, a juicio del juez, no estén en aptitudde desempeñar convenientemente la tutela (art. 511 CCDF).
4) Temporal. Es diverso según la persona que le ejerza y con respecto también a las circunstancias del pupilo. Si este es menor de edad, latutela se extingue hasta que cumpla la mayoría de edad. Pero si en su caso la tutela es sobre u mayor incapacitado, se ejercerá mientras la incapacidad dure y el tutor sea ascendiente, descendiente ocónyuge del pupilo.
5) Unipersonal. La tutela se ejercerá por un soplo tutor, excepto cuando por ocurrir circunstancias especiales en la misma persona del pupilo o de su patrimonio, convenga separar comocargos distintos el de tutor de la persona y de los bienes. (art. 455 CCDF)
6) Cargo remunerado. El tutor tiene una retribución sobre los bienes del incapacitado, que podrá fijar el ascendiente o...
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