Una Niña Llamada Ernestina
SI Nuevo Nº Dictámen 60459 MUN Origenes
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Reactivado Carácter
NO NNN
Alterado NO 19-12-2008 Fecha
Abogados
DVSM
DestinatariosAntonio Marín Zúñiga
Texto
Corresponde a municipio determinar si sociedad de inversiones realiza efectivamente actividades gravadas con patente municipal. Lo anterior, a través de aspectos de hechotales como los antecedentes que acompañe el contribuyente y los que logre reunir mediante sus procedimientos de inspección
Acción
Confirma dictamen 54106/2006
Fuentes Legales
dl 3063/79 art/23,dl 3063/79 art/24, dto 484/80 art/2 lt/c dto 2385/96 inter
Descriptores
cobro patente municipal sociedad de inversiones
Documento Completo N° 60.459 Fecha: 19-XII-2008 Se ha dirigido a estaContraloría General don Antonio Marín Zúñiga, en representación de Inversiones Attica Limitada, solicitando la aclaración o reconsideración del dictamen N° 54.106, de 2006, por cuanto la Municipalidad deVitacura, basándose en el criterio sustentado en éste, estaría cobrando -a su juicio, erróneamente- patente comercial a la sociedad de inversiones que representa. El recurrente fundamenta, ensíntesis, su solicitud en que las actividades de inversión que realiza dicha sociedad no constituirían actividades lucrativas primarias, secundarias ni terciarias. Sobre el particular, es menester recordar queel criterio jurisprudencial cuya reconsideración o aclaración se solicita, en lo sustancial, señala que corresponde que los municipios procedan al cobro de patente municipal respecto de lassociedades de inversión, puesto que la actividad desarrollada por éstas constituye una actividad lucrativa terciaria, y, por consiguiente, se encuentra afecta a esa contribución, en conformidad con
lodispuesto en el artículo 23 del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales. En este sentido, cabe precisar que según lo dispone el artículo 2°, letra c), del decreto N° 484, de 1980, del...
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