Unidad 1 DH 0
Grupo DH0
Generación: Especial.
Matricula:
Unidad 1. Introducción.
1.1
Definición de los Derechos Humanos:
a) Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona,
cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en
una sociedad jurídicamente organizada. Estos derechos, establecidos en la Constitución y en las
leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.
Bibliografía:
www.cndh.org.mx Definición de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
México.
b) Los Derechos Humanos son aquellas "condiciones instrumentales que le permiten a la persona su
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realización" . En consecuencia subsume aquellas libertades, facultades, instituciones o
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reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple
hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, «sin distinción alguna de raza,
color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social,
3 posición económica, nacimiento o cualquier otra condición».
Bibliografía: Hernández Gómez, José Ricardo. Tratado de derecho Constitucional. Editorial
Ariadna, 2010. 2.
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Papacchini, Ángelo. Filosofía y derechos humanos, fueron creados y
ratificados en el año de 1945 pág. 44; de forma similar, Nino, Carlos S. Ética y derechos humanos, pág. 40. El concepto "bienes primarios" procede de
John Rawls
. 3.
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Véase artículo 2 de la
Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU – 1948
www.wikipedia.org
c) Los derechos humanos son las facultades que los hombres tienen, por razón de su propia
naturaleza de las cosas y del ambiente en que viven, para conservar, aprovechar y utilizar libre,
pero lícitamente, sus propias aptitudes, su actividad, y los elementos de que honestamente pueden
disponer, a fin de lograr su bienestar y su progreso personal, familiar y social.
Biografía: Libro Garantías Constitucionales. Autor. Luis Bazdresch, Editorial Trillas.
d) L
os derechos humanos son el conjunto de principios inherentes a lo que llamamos la naturaleza de
la persona: facultades de actuar o disfrutar consustanciales a su naturaleza que no provienen de
ley alguna, sino de la calidad y atributos innatos a todo ser humano, que existen
per se y no
requieren de reconocimiento por parte del Estado; tienen como fundamento los atributos de la
persona humana. Como son indispensables para el hombre que vive en una sociedad organizada
se garantizan jurídicamente para asegurar su dignidad en los ámbitos: individual, social, material e
individual.
De forma convencional cuentan con protección internacional, de naturaleza coadyuvante o
complementaria, de la que ofrece el derecho interno de los Estados americanos.
Biografía: Libro Manual de Derecho Procesal Constitucional. Autor. Eréndira Salgado Ledezma,
Editorial Porrúa
e) Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción
alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o
cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna.
Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella,
a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras
fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las
obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en ...
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