unidad 7 seguridad
Artículo 208. Las prestaciones sociales comprenden:
I. Prestaciones sociales institucionales, y
II. II. Prestaciones de solidaridad social.
Artículo 209.Las prestaciones sociales institucionales tienen como finalidad fomentar la salud, prevenir enfermedades y accidentes y contribuir a la elevación general de los niveles de vida de la población.
Elinstituto proporcionara atención a pensionados y jubilados mediante servicios y programas de prestaciones sociales que fortalezcan la medicina preventiva y el autocuidado de la salud; mejoren su economíae integridad familiar. Para ello, fortalecerá la coordinación y concertación con instituciones de la administración pública federal, estatal, municipal, entidades privadas y sociales, que haganposible su acceso a preferencias, prerrogativas y servicios que contribuyan a su bienestar.
Asimismo, el instituto establecerá y desarrollara los programas y servicios para pensionados y jubilados entérminos de la disponibilidad financiera de los recursos destinados a prestaciones sociales de este seguro.
Artículo 210. Las prestaciones sociales institucionales serán proporcionadas mediante programasde:
I. Promoción de la salud difundiendo los conocimientos necesarios a través de cursos directos y del uso de medios masivos de comunicación;
II. Educación higiénica, materno infantil, sanitaria yde primeros auxilios
III. Mejoramiento de la alimentación y de la vivienda;
IV. Impulso y desarrollo de actividades culturales y deportivas y en general de todas aquellas tendientes a lograr unamejor ocupación del tiempo libre;
V. Regularización del estado civil;
VI. Cursos de adiestramiento técnico y de capacitación para el trabajo a fin de lograr la superación del nivel de ingresos de lostrabajadores;
VII. Centros vacacionales y de readaptación para el trabajo;
VIII. Superación de la vida en el hogar, a través de un adecuado aprovechamiento de los recursos económicos, de mejores...
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