universitario
En un sistema democrático de derecho (Estado constitucional democrático) el acceso a la justicia es un derecho humano fundamental, reconocido por múltiples tratados internacionales, que tiene por objeto garantizar los derechos de todos en condiciones de igualdad.
Es por esto que cuando otros derechos son violados, éste se convierte en la vía para reclamarsu cumplimiento por ante los tribunales, garantizando así la igualdad ante la ley, siendo en consecuencia uno de los más importantes de los derechos humanos, al permitir a los ciudadanos ejercer los derechos y defender las libertades, es decir, hacer efectivos los demás derechos.
De nada serviría ser titulares de derechos subjetivos sino contamos con las herramientas para hacerlos efectivos,mediante acciones que posibiliten su pleno ejercicio con el íntegro respeto a las garantías del debido proceso.
El derecho de acceso a la justicia, o tutela judicial efectiva (como le ha denominado la doctrina española y europea), es aquel del cual es titular toda persona, independientemente de su condición económica, social, o de cualquier otra naturaleza, de acceder a los órganosjurisdiccionales para que sus pretensiones sean tramitadas mediante un proceso en el cual se le ofrezcan unas garantías, siendo esto último posible cuando se cumplen en dicho proceso los principios contenidos en nuestra Constitución, y obtener un fallo de esos tribunales y que la decisión pronunciada sea cumplida y ejecutada. Personas estas, a las cuales no se les puede ver como un “usuario de un servicio”,sino como una persona que es titular de un derecho, cuya contrapartida es una obligación del Estado de proteger el mismo.
Este derecho se encuentra previsto en el artículo 14.1 del Pacto Internacional relativo a los derechos civiles y políticos del 19 de diciembre de 1966, al establecer: “Toda persona tiene derecho a que su causa sea conocida por un tribunal…”. Y en el artículo 8 de laDeclaración Universal de los Derechos Humanos el cual dispone: “Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y por la Ley”. Formando estos, parte de nuestro ordenamiento jurídico positivo con rango constitucional, por aplicación combinada de los artículos 3 y 10de nuestra Constitución.
Apareciendo además, aunque se podría decir que de manera implícita en el articulo 8 numeral 2 literal j de nuestra Constitución, ya que el mismo establece que nadie podrá ser condenado sin un juicio previo y sin que sea oído o debidamente citado. Así como también en el artículo 4 de nuestro Código Civil, que les prohíbe a los jueces negarse a decidir los asuntos de loscuales son apoderados, so pena de ser perseguidos por denegación de justicia, texto legal del cual se colige que existe el derecho al acceso a la justicia, ya que crea una obligación del tribunal de dictar una sentencia en relación a la cuestión que se ha sometido.
Aplicando lo dispuesto por el artículo 25 de la Convención citada up supra, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, dispusoen los casos Velásquez Rodríguez y Godinez Cruz (Sentencia del 29 de julio de 1988 y 20 de enero de 1989) que para el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 25 de la Convención, no es suficiente la existencia formal de recursos, sino que éstos deben ser los adecuados y efectivos para resolver la situación jurídica infringida. Conforme a ello, cualquier norma o medida que impida usar elrecurso previsto en la legislación interna, constituye una violación del derecho de acceso a la justicia. (Aquí se utiliza la palabra recurso como sinónimo de acción en justicia).
Es así como se formó la teoría de la acción como “derecho abstracto de obrar”, la cual postula la máxima autonomía de la potestad para instar el ejercicio de la función jurisdiccional, respecto de la titularidad del...
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