Uruguay Accidentes de trabajo
Accidentes de Trabajo
LEY MARCO
Ley 16074 de 10/11/1989.
GESTIÓN
-Ministerio de Economía y Fianzas, Banco de Seguros del Estado (ente autónomo del dominio
comercial e industria delEstado)
BENEFICIOS
-Asistencia médica: gastos médicos, odontológicos, farmacéuticos, aparatos ortopédicos y
transporte. Prótesis, aparatos y anteojos ortopédicos y su reparación.
– PrestacionesMonetarias:
a)Subsidio por discapacidad temporal: cuando el riesgo de trabajo ocasionó una
discapacidad temporal para trabajar conforme el Código de Trabajo.
– b) Indemnización por discapacidad.
–Pensión por discapacidad: Rentas a los derechohabientes en caso de fallecimiento del
accidentado.
– Indemnización por incapacidad temporal: 2/3 del jornal o sueldo mensual que se
pagaba al momento delaccidente.
– Indemnización por incapacidad permanente:
– a)Incapacidad permanente menor al 10%: no da lugar a indemnización.
– b)Incapacidad permanente igual o superior al 10% y no mayor al 20%:pago único
equivalente a 36 veces la reducción mensual que la incapacidad haya originado.
– c) Incapacidad permanente superior al 20%: renta igual a la reducción que la incapacidad
haya hecho sufriral sueldo o salario. Incapacitado que no subsiste sin ayuda de otras
personas: 115% del sueldo. -Circunstancias excepcionales, cuando se juzgue que el capital
se use de manera ventajosa para laintegridad física del trabajador, se cancela hasta el 50%
de renta abonando el equivalente actuarial en pagos periódicos.
– En caso de incapacidades mayores a 50% el BPS abona un complemento de rentaentre lo
que el trabajador siniestrado percibe del Banco de Seguros del Estado y lo que le
correspondería por subsidio por enfermedad.
REQUISITOS
-El seguro sobre accidentes de trabajo yenfermedades profesionales es obligatorio.
-Situaciones cubiertas:
a)Accidentes de Trabajo: suceso repentino violento y limitado en su duración, de origen
externo que ocasiona al trabajador lesión corporal...
Regístrate para leer el documento completo.