Usufructo
En doctrina se discute si el usufructo es una servidumbre personal por cuanto que tiene por objeto proporcionar una utilidad a una persona u otro tipo de derecho. Sin embargo, el método seguido por nuestro CC elimina toda posible controversia: omite completamente toda referencia a servidumbres personales y legisla sobre el usufructo, el uso y la habitación encapítulos separados y, reglamenta primero las servidumbres en general: por consiguiente el usufructo, el uso y la habitación son derechos reales autónomos, distintos de las servidumbres.
1. USUFRUCTO
Concepto: es el derecho real de usar y gozar de una cosa cuya propiedad pertenece a otro, con tal que no se altere sus sustancia. La obligación de conservar la sustancia de la cosa es inherente al usufructoe impone al usufructuario la obligación de prestar una caución especial con el objeto de garantizar que las cosas dadas en usufructo serán conservadas y restituidas una vez vencido el plazo acordado.
Art. 2230.- El titular del derecho de usufructo sobre un bien podrá usarlo y gozar de él conforme con las disposiciones de este Código. El usufructo podrá establecerse sobre toda especiede bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, que puedan ser vendidos o donados. Podrá establecerse sobre porciones materiales o indivisas, o limitarse a una parte del uso o goce del bien y constituirse sobre cosas de mero placer, aunque no produzca ninguna utilidad, o sobre un fundo improductivo.
Si recayese sobre cosas consumibles, la propiedad de éstas quedará transferida al usufructuario.
Art.2231.- No pueden ser objeto de usufructo:
a) el propio usufructo;
b) los derechos reales de uso y habitación;
c) las servidumbres activas, separadas de los inmuebles a que fueren inherentes; y
d) los derechos reales de garantía, independientemente de los créditos garantizados con ellos.
Art. 2233.- El usufructo constituido a favor de varias personas, no acuerda el derecho de acrecer entreellas, salvo lo que en contrario disponga el título constitutivo.
CARACTERES
* Es un derecho real.
* Es personalísimo e intransferible, razón por la cual, a la muerte del usufructuario, el derecho no pasa a sus herederos.
* Es esencialmente indivisible.
* Concede a su titular los derechos de uso y goce, puede servirse de la cosa y obtener de ella todos los beneficios de que seasusceptible.
* La cosa dada en usufructo debe pertenecer a una persona distinta del que la recibe.
* La duración del usufructo es limitada, no puede durar más que la vida del titular y cuando es concedido a una persona jurídica, la duración máxima permitida es de 30 años.
2. FORMAS DE CONSTITUIRLA
Art. 2234.- El usufructo se adquiere:
a. por contrato, en las mismas condiciones en que seadquiere el dominio de las cosas y de los derechos;
b. por prescripción, en iguales casos que puede adquirirse el dominio de las cosas muebles o inmuebles por ese medio;
c. por la ley; y
El usufructo no puede constituirse por sentencia judicial.
Art. 2235.- Es nula la constitución de usufructo subordinada a condición o término que suspenda su existencia o ejercicio. Ella es válida, sihecha por testamento, el término o la condición se hubiere cumplido antes del fallecimiento del causante, y el usufructuario le hubiere sobrevivido.
3. CLASIFICACIÓN
Perfecto: es el usufructo que confiere la facultad de uso y goce de la cosa, sin alterar su sustancia.
Imperfecto o cuasi usufructo: es el que recae sobre cosas cuyo goce consiste en disponer de ellas y consumirlas.La transferencia de la propiedad esta en la naturaleza del cuasi usufructo. Al término del usufructo, el cuasi usufructuario no estará obligado a devolver la misma cosa, sino otras de la misma especie, calidad y cantidad o bien el valor estimativo que se les haya dado.
4. PLAZO MÁXIMO DE DURACIÓN
Art. 2232.- No podrá existir usufructo por mayor tiempo que la vida del usufructuario, aunque se haya fijado...
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