Variado
La empresa “DOS MUNDOS” S.R.L. nos comenta que presentó su declaración jurada PDT 601 del período Mayo de 2010, sin incluir un trabajador, omitiendo las siguientes contribuciones:
SSP : S/. 900
ONP : S/. 1,300
IR 5ª : S/. 2,100
Al respecto, nospreguntan ¿cuál es la sanción que corresponde a esta omisión considerando que al trabajador si se le efectuaron las retenciones correspondientes?
SOLUCIÓN:
En el caso expuesto por la empresa “DOS MUNDOS” S.R.L. es preciso considerar que se ha configurado la infracción del numeral 1 del artículo 178º del Código Tributario, en cuyo caso será de aplicación lo dispuesto por el literal e) de laNota 21 de la Tabla de Infracciones y Sanciones, según el cual si existiera omisión de la base imponible de aportaciones al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, al Sistema Nacional de Pensiones, o al Impuesto a la Renta de quinta categoría por trabajadores no declarados, la sanción que corresponda será el 100% del tributo omitido.
Cabe considerar que en estos casos también seráposible aplicar el Régimen de Incentivos previsto en el artículo 179º del Código Tributario. En tal sentido, tratándose de la empresa “DOS MUNDOS” S.R.L. tendremos las siguientes multas, a las que deberá adicionarse los intereses moratorios correspondientes:
a) Seguro Social del Perú (SSP)
Tributo omitido : S/. 900
Multa (100% Tributo Omitido) : S/. 900
Multa mínima(5% UIT) : S/. 180
Multa a considerar : S/. 900
Régimen Incentivos (90% Multa):(S/. 810)
Multa con incentivos : S/. 90
b) Oficina de Normalización Previsional (ONP)
Tributo omitido : S/. 1,300
Multa (100% Tributo Omitido) : S/. 1,300
Multa mínima (5% UIT) : S/. 180
Multa aconsiderar : S/. 1,300
Régimen Incentivos (90% Multa):(S/. 1,170)
Multa con incentivos : S/. 130
c) Impuesto a la Renta 5ª Categoría (IR)
Tributo omitido : S/. 2,100
Multa (100% Tributo Omitido) : S/. 2,100
Multa mínima (5% UIT) : S/. 180
Multa a considerar : S/. 2,100
Régimen Incentivos (90% Multa):(S/. 1,890)
Multa conincentivos : S/. 210
Finalmente, cabe agregar que tratándose de las retenciones por ONP y por Impuesto a la Renta de quinta categoría, adicionalmente a la infracción determinada en el párrafo anterior, también le será de aplicación la infracción señalada en el numeral 4 del artículo 178º del Código Tributario, referida a no pagar dentro de los plazos establecidos los tributosretenidos, en cuyo caso la multa será equivalente al 50% del tributo no pagado, siéndole aplicable igualmente el Régimen de Incentivos.
a) Oficina de Normalización Previsional (ONP)
Tributo no pagado : S/. 1,300
Multa (50% Tributo no pagado) : S/. 650
Multa mínima (5% UIT) : S/. 180
Multa a considerar : S/. 650
Régimen Incentivos (90%Multa):(S/. 585)
Multa con incentivos : S/. 65
b) Impuesto a la Renta 5ª Categoría (IR)
Tributo no pagado : S/. 2,100
Multa (50% Tributo no pagado) : S/. 1,050
Multa mínima (5% UIT) : S/. 180
Multa a considerar : S/. 1,050
Régimen Incentivos (90% Multa):(S/. 945)
Multa con incentivos : S/. 105
CASO 2:OMISIÓN DE TRIBUTO EN LA DECLARACIÓN JURADALa empresa “INVERSIONES SAN JUAN” SAC presentó su declaración jurada PDT 601 del período Abril de 2010, no obstante, consideró en forma errada el sueldo del Gerente General, declarando por ello menores contribuciones sociales en los siguientes montos: SSP : S/. 850ONP : S/. 1,500IR...
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