Variedad
Art 156# 1: La política y la actuación Internacional de la Republica. # 9: El régimen de la administración de riesgos y emergencias.# 11: La regulación de la banca central. Del sistema monetario, del régimen cambiario, del sistema financiero y del mercado de capitales; la emisión y acuñación de moneda.# 12: La creación, organización , recaudaciónadministración y control sobre los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones , donaciones y demás ramos conexos, el capital, la producción , el valor agregado, los hidrocarburos y minas, de los gravámenes a la importación y exportación de los bienes y servicios, los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufactures del tabaco, y de losdemás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados y Municipios por esta Constitución o por la ley. #13: La legislación para garantizar la coordinación y armonización de las distintas potestades tributarias, definir principios, parámetros y limitaciones, especialmente para la determinación de los tipos impositivos o alícuotas de los tributos estadales y municipales, así como para crearfondos específicos que aseguren la solidaridad interterritorial.#14: La creación y organización de impuestos territoriales o sobre predios rurales y sobre transacciones inmobiliarias, cuya recaudación y control corresponda a los Municipios, de conformidad con esta Constitución.#15: El régimen del comercio exterior y la organización y régimen de las aduanas.# 20: Las Obras públicas de interésnacional. #21: Las políticas macroeconómicas, financieras y fiscales de la República.# 28: El régimen del servicio de correo y de las telecomunicaciones, así como el régimen y la administración del espectro electromagnético# 32: La legislación en materia de derechos, deberes y garantías constitucionales; la civil, mercantil, penal, penitenciaria, de procedimientos y de derecho internacional privado; lade elecciones, la de expropiación por causa de utilidad pública o social; la de crédito público; la de propiedad intelectual, artística e industrial; la del patrimonio cultural y arqueológico; la agraria; la de inmigración y poblamiento; la de pueblos indígenas y territorios ocupados por ellos; la de notarías y registro público; la de bancos y la de seguros; la de loterías; hipódromos y apuestasen general; la de organización y funcionamiento de los órganos del Poder Público Nacional y demás órganos e instituciones nacionales del Estado y relativa a todas las materias de la competencia nacional. * #33: Toda otra materia que la presente Constitución atribuya al Poder Público Nacional, o que le corresponda por su índole o naturaleza. (Comodín) | Art 156 # 12: La creación, organización, recaudación administración y control sobre los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones , donaciones y demás ramos conexos, el capital, la producción , el valor agregado, los hidrocarburos y minas, de los gravámenes a la importación y exportación de los bienes y servicios, los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demásmanufactures del tabaco, y de los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados y Municipios por esta Constitución o por la ley. #13: La legislación para garantizar la coordinación y armonización de las distintas potestades tributarias, definir principios, parámetros y limitaciones, especialmente para la determinación de los tipos impositivos o alícuotas de los tributos estadales ymunicipales, así como para crear fondos específicos que aseguren la solidaridad interterritorial.Art # 157: La Asamblea Nacional, por mayoría de sus integrantes, podrá atribuir a los Municipios o a los Estados determinadas materias de la competencia nacional, a fin de promover la descentralización.Art. 164: Es de competencia exclusiva de los Estados #3: La inversión y administración de sus recursos,...
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