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DECRETO 2247 DE 1997
Este decreto nos indica que el estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación entre los cinco y quince años de edad del niño yaque es obligatorio y como mínimo un grado de preescolar.
En el artículo uno nos indica que el preescolar está regulado por la ley ciento quince de mil novecientos noventa y cuatroArticulo dos nos indica que los establecimientos que tengan niños menores de tres años de edad, deberán hacerlo conforme a su proyecto educativo institucional, considerando losrequerimientos de salud, nutrición y protección de los niños, de tal manera que se les garantice las mejores condiciones para su desarrollo integral. Incorporarán en su respectivo proyectoeducativo institucional, la determinación de horarios y jornada, número de alumnos por curso y calendario académico según lo establecido por secretaria de educación.
Articulo nueve este serefiere los documentos que se deben exigir en el momento de matrícula.
Artículo once nos muestra los principios de la educación preescolar: integridad, participación y lúdica.
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