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Es importante que aquella empresa que tengan como parte de sus actividades la importación definitiva de productos eléctricos nuevos a México, ya seapara comercializarlos o venderlos de manera directa; tomen en cuenta que deben cumplir con lo preceptuado por la "Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía"publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 28 de Noviembre de 2008, misma que da el surgimiento a la Comisión Nacional para el uso Eficiente de la Energía (CONUEE) ysu Reglamento publicado el 11 de Septiembre de 2009; en donde se propone como fin principal el propiciar un aprovechamiento sustentable de la energía mediante el uso óptimode la misma en todos sus procesos y actividades.
En dicha Ley en el Artículo 23 se señala que los equipos y aparatos que requieren del suministro energético para sufuncionamiento deberán incluir de forma clara y visible información sobre su consumo energético.
Por su parte el artículo 25 del Reglamento de la Ley, señala que los fabricantes,importadores, distribuidores así como los comercializadores, serán los responsables de que dicha información este incluida o adherida en los productos.
Para tal efecto, se deberáhacer entrega a la Comisión y Procuraduría Federal del Consumidor información sobre el consumo energético de los productos a través de la valoración que haga un laboratoriocertificado para tal fin.
Es importante revisar que las empresas obligadas a cumplir con dicha normatividad, verifiquen que están cumpliendo correctamente con esta obligaciónno arancelaria, ya que de no hacerlo, la Procuraduría Federal del Consumidor los podrá sancionar con multas que pueden llegar a ser de hasta diez mil veces el salario mínimo.
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