varios
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Viernes 29 de Enero de 2010 04:45 - Ultima actualización Lunes 08 de Febrero de 2010 07:08
Los asuetos son días no hábiles para el trabajo. Tienen por objeto que eltrabajador
pueda destinarlos, con entera libertad, a celebrar las festividades cívicas o religiosas
que se conmemoran en esas fechas.
Normas relacionadas:
Código de Trabajo No. 15 \ Artículo 190.-(*)
Constitución de la República de El Salvador No. 38 \ Artículo .38
Código de Trabajo No. 15 \ Artículo 195.Días de asueto en El Salvador.
La ley establece como días de asueto, lossiguientes:
1º de enero (Año nuevo).
Jueves, viernes y sábado de la Semana Santa.
1º de mayo (Día Internacional del Trabajo).
6 de agosto (Celebración del Divino Salvador del Mundo).
15 deseptiembre (Día de la Independencia Patria).
2 de noviembre (Día de los Difuntos).
25 de diciembre (Natividad del Señor).
Además, el 3 y 5 de agosto son de asueto para los trabajadores quelaboren en la ciudad de San Salvad
Únicamente quedarán excluidos del disfrute del asueto los trabajadores a domicilio y los trabajadores c
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Asueto Cuidadano
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Viernes 29 de Enerode 2010 04:45 - Ultima actualización Lunes 08 de Febrero de 2010 07:08
¿Cómo trabajador, ¿estoy obligado a trabajar un día de asueto a solicitud de mi patrono?
Normas relacionadas:
Código deTrabajo No. 15 \ Artículo 192.- (*)
Código de Trabajo No. 15 \ Artículo 193.-
Estás obligado a trabajar un día de asueto si tu patrono te lo solicita, únicamente si tu trabajo se enmarca en uno delos casos siguientes:
Tu empresa presta un servicio público o esencial a la comunidad.
Trabajas en un establecimiento de diversión o esparcimiento, en un hotel, restaurante o refresquería. Tu empresa se dedica a la venta de artículos de primera necesidad (la obligación de trabajar en este caso llega hasta las 12:00m).
La interrupción de tu trabajo puede causar perjuicio grave al...
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