Varios
3. REQUISITOS PARA SER COMERCIANTE 1. CAPACIDAD LEGAL El requisito exigido para ejercer el comercio y adquirir la condición de comerciante, es tener la plena capacidad legal para contraer obligaciones y derechos (artículo 6 Código de Comercio). 2. ANIMO DE LUCRO Persona que se considerada comerciante es la realiza actividad comercial con fines de lucro. ENNOMBRE PROPIO Quien ejerce el comercio en nombre ajeno no es comerciante. CLASES DE COMERCIANTES 1. COMERCIANTES INDIVIDUALES Es la persona física que adquiere el carácter de comerciante, o sea el individuo que tiene la capacidad requerida y que adquiere la calidad de comerciante cuando hace del comercio su ocupación ordinaria en nombre propio. Entiéndase como “ocupación ordinaria” la reiteraciónde actos mercantiles aptos para conferir la calidad de comerciante, en nombre propio. 2. COMERCIANTES MORALES O SOCIALES Las personas morales o sociales organizadas conforme a alguno de los tipos de sociedades mercantiles tienen la consideración legal de comerciante, cualesquiera que sean las actividades a que se dediquen, e independientemente de la nacionalidad que a las propias sociedades seatribuya. ARTÍCULO 3. COMERCIANTES SOCIALES. Las sociedades organizadas bajo forma mercantil tienen la calidad de comerciantes, cualquiera que sea su objeto.” El artículo 10 del Código de Comercio de Guatemala establece: “ARTÍCULO 10. SOCIEDADES MERCANTILES. Son sociedades organizadas bajo forma mercantil, exclusivamente las siguientes: 1º. La sociedad colectiva. 2º. La sociedad en comandita simple.3º. La sociedad de responsabilidad limitada. 4º. La sociedad anónima. 5º. La sociedad en comandita por acciones.” COMERCIANTES EXTRANJEROS En cuanto a la nacionalidad, el artículo 8 del Código de Comercio de Guatemala dispone: “ARTÍCULO 8. COMERCIANTES EXTRANJEROS. Los extranjeros podrán ejercer el comercio y representar a personas jurídicas, cuando hayan obtenido su inscripción de conformidad conlas disposiciones del presente Código. En estos casos, tendrán los mismos derechos y obligaciones que los guatemaltecos, salvo los casos determinados en leyes especiales.” CONYUGES COMERCIANTES Respecto al ejercicio de la actividad mercantil por parte de los cónyuges, es decir cuando si hay matrimonio, el Código de Comercio de Guatemala establece: “ARTÍCULO 11. CÓNYUGES COMERCIANTES. El marido y lamujer que ejerzan juntos una actividad mercantil, tienen la calidad de comerciantes, a menos que uno de ellos sea auxiliar de las actividades mercantiles del otro.” A lo largo de la historia, la mujer para poder ejercer el comercio cuando estaba casada, necesitaba la autorización del marido, esta restricción venía de la antigua tradición romana, y se basaba concretamente en el Derecho Romano....
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