Vecindad Civil
CONCEPTO:
“Condición de la persona que
determina la legislación civil
aplicable”.
Regulación: Arts 14 a 16 CC
ADQUISICIÓN:
MODALIDADES:
.- Filiación y nacimiento
.- Opción
.- Residencia
Filiación y nacimiento: Criterio del “
ius sanguinis”
SUPUESTOS:
.- NACIDOS DE/ O ADOPTADOS PORPADRES CON
LA MISMA VECINDAD CIVIL. Adquieren ésta. Art.
14.2
.- NACIDOS DE PADRES CON VECINDAD CIVIL
DISTINTA: Art. 14.3
.- Los padres de común acuerdo o el que ejerza laPatria potestad, pueden atribuir al hijo la VC de
cualquiera de ellos. Plazo:6 meses ss al nacimiento
o
adopción.
.- En defecto de : Vecindad del progenitor respecto
al
quela filiación haya sido determinada antes
.- En defecto de : Vecindad del lugar de nacimiento.
(Criterio del ius soli).
Art.14.3 y 6
.- En defecto de: Vecindad de Derecho común.OPCIÓN:
.- Art. 14.4 y 14.3 in fine
.- Cónyuge
.- Hijos mayores de 14 años
RESIDENCIA: Art. 14.5
.- Residencia continuada de 2 años
y declaración expresa..- Residencia continuada de 10
años, sin declaración en contrario
durante este plazo
PÉRDIDA:
.- Cambio de vecindad (por opción o
residencia)
.- Perdida de lanacionalidad
española.
Caso de recuperación de ésta: Se
recupera la VC que se tenía en el
momento de la perdida. Art. 15.3.
Criterio no imperativo
NACIONALIDAD Y VECINDAD CIVIL:
Art. 15.1 y 2 referidos a los extranjeros
que adquieren la nacionalidad española.
VECINDAD CIVIL O COMARCAL: Art.
15.4
PRUEBA: Actas del Registro(Supuestos
de opción, residencia de 2 años más
declaración expresa o declaración en
contrario y adquisición nacionalidad
española). En su defecto art. 68 y 96 LRC
Regístrate para leer el documento completo.