Venta bienes muebles a plazos

Páginas: 18 (4362 palabras) Publicado: 15 de febrero de 2012
CONCEPTO LEGAL
Se definen en el art. 3 de la Ley las ventas a plazos de la forma siguiente:
“A efectos de esta Ley se entenderá por venta a plazos el contrato mediante el cual una de las partes entrega a la otra una cosa mueble corporal y ésta se obliga a pagar por ella un precio cierto de forma total o parcialmente aplazada en tiempo superior a tres meses desde la perfección del mismo.”Podemos destacar unos aspectos de esta definición:
Se configura como un contrato legal, habiendo una diferencia importante con la legislación anterior: en ésta, el carácter real se derivaba de las prestaciones de vendedor y comprador, en cuanto era necesaria la entrega de la cosa en el momento del pago. Han desaparecido una serie de condicionantes en el nuevo texto legal ya que se consideranincompatibles con el marco económico actual, eliminando como necesario un desembolso inicial mínimo y las limitaciones temporales de duración máxima del contrato.
En lo que se refiere a los plazos, hay también una diferencia con la Ley anterior: en la actual se exige que el precio se pague en tiempo superior a tres meses, lo que parece dar a entender que puede pactarse el pago en un plazo único,después de transcurridos tres meses. Como criterio de interpretación contrario, podría aducirse que en el ART 2.1 b) de la LCC. Se excluyen de su ámbito aquellos contratos en el que el consumidor reembolse el crédito en un único plazo que no rebase los tres meses. Ciertamente esta es la interpretación que ha sido confirmada por la Ordenanza para el Registro de Ventas a Plazos de Bienes Muebles.PERFECCIÓN DEL CONTRATO
Se trata de un contrato formal en un doble sentido:
Se configura como contrato rea, en el que se exige la entrega de la cosa vendida. La diferencia de matiz se aprecia en el art. 3 cuando, al definir la venta, se dice que una de las partes entrega a otra la cosa y ésta se obliga a pagar el precio. En la ley anterior la venta necesitaba un doblre requisito: la entregade la cosa y el pago del comprador.
Se afirma el carácter esencial de la forma propiamente dicha. No se exigen determinados modeles de contrato aunque se utilizan únicamente los modelos oficiales aprobados por la DGRN.
Como complemento de la norma anterior la ley declara la nulidad del pacto por el que se obligue al comprador a un pago al contado o a otras formas de pago para el caso de queno se obtenga el crédito de financiación previsto y que se tendrán por no puestas las cláusulas en las que el vendedor exija que el crédito para su financiación únicamente pueda ser otorgado por un determinado concedente. Los contratos contendrán una serie de menciones en el art.7 que constituyen el contenido mínimo obligatorio de cualquier; si además se pretende su inscripción, deberán utilizarselos modelos oficiales a que antes se ha hecho referencia.
La omisión de estas circunstancias se entiende imputable al vendedor o financiador. Puede consistir según los casos, en pagar solamente el importe al contado sin recargo alguno, en pagar solamente el interés legal en los plazos convenidos en no pagar los gastos citado expresamente… Se trata de una norma de muy escasa aplicación, debidoa la utilización generalizada de los modelos oficialmente aprobados, en los que se recogen debidamente las menciones obligatorias.

REGIMEN JURIDICO

Para hacer frente a las nuevas necesidades y coordinar la regulación de esta forma de compraventa con su financiación, se ha dictado la Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles.
Los principales puntos son lossiguientes:
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
1. La presente Ley tiene por objeto la regulación de los contratos de venta a plazos de bienes muebles corporales no consumibles e identificables, de los contratos de préstamo destinados a facilitar su adquisición y de las garantías que se constituyan para asegurar el cumplimiento de las obligaciones nacidas de los mismos.
2. A los efectos de esta Ley, se...
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