Vicios De La Voluntad
a) ERROR
b) DOLO
c) VIOLENCIA
d) LESIÓN
e) LICITUD
f) FORMA
ERROR .Elconocimiento equívoco de la realidad y no debe confundirse con la ignorancia, porque ésta es una falta de conocimiento .Para que el error pueda considerarse como un vicio del consentimiento y por lo tantooriginar la nulidad del contrato, debe recaer sobre el motivo determinante de la voluntad de cualquiera de los que contratan.
DOLO. Es cualquier sugestión o artificio que se emplee para inducir aerror o mantener en él a alguno de los contratantes. Es el empleo de cualquier medio ilegal para inducir o provocar el error y así obtener la voluntad de una persona en la formación de un contrato. Estevicio es causa de nulidad relativa del contrato, si el error a que induce o que es mantenido por el mismo, recae sobre el motivo determinante de la voluntad del sujeto en su celebración
VIOLENCIA.De acuerdo al artículo 1819 del Código Civil para el Distrito Federal la violencia se da cuando se emplea fuerza física o amenazas de perder la vida, la honra, la libertad, la salud o una parteconsiderable de los bienes del contratante, de su cónyuge, ascendientes, descendientes o de sus parientes colaterales dentro del segundo grado. Cuando se convierte en una fuerza física irresistible,configura ya no un consentimiento viciado, sino una falta absoluta de él. La violencia en sí o el temor que nace de ella, vicia la voluntad del sujeto y origina una causa de nulidad relativa del acto.LESIONES. Es el perjuicio que sufre una persona de la cual se ha abusado por estar en estado de suma ignorancia, notoria inexperiencia o extrema miseria, en la celebración de un contrato, consistente enproporcionar al otro contratante un lucro excesivo en relación a lo que él por su parte se obliga. La ley da al perjudicado la acción de nulidad del contrato por el plazo de un año, o de ser ésta...
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