VICTIMOLOGIA 1
INTRODUCCIÓN.
En el fondo esta situación de conflicto entre realidad y teoría, e incluso entre las distintas orientaciones
teóricas no son mas que una manifestación de los profundos conflictos de carácter social a los que ni el
legislador, ni la administración, ni la literatura pueden sustraerse. Por ello, ante los proyectos de programas de defensa a las víctimas cuya valoración inicialmente no puede
dejar de ser muy positiva surge siempre la duda de si no serán estrategias meramente políticas.
Lo cierto es que en la investigación victimológica se advierte una clara diferencia de enfoque cuando la
persona que realiza la investigación es un hombre o una mujer. Es sin embargo una disciplina en ciernes donde aún está prácticamente todo el camino por andar, un camino que afecta a las bases de la estructura
social y a las propias bases del sistema penal.
El objetivo de los estudios victimológicos es, generalmente, la víctima del delito. En este sentido cabe
distinguir entre lo que podríamos denominar "victimización derivada del delito", es decir, aquel proceso por
el que a una persona se le convierte en víctima de una conducta tipificada por el ordenamiento jurídico como delito, de las que se podrían denominar "victimización no derivada del delito y victimización social".
Existen multitud de conductas socialmente admitidas y jurídicamente permitidas que presuponen la
desigualdad entre el hombre y la mujer, la superioridad de aquél sobre ésta y que, además, comportan o
conllevan actuaciones que atentan incluso gravemente contra bienes jurídicos importantes, de forma que si tal conducta afectará a un hombre, estaría fuertemente desvalorada, bien social, bien jurídicamente. Más
bien al contrario, los victimizadores actúan cumpliendo las normas del rol social que desempeñan. En este
caso, incluso existen supuestos donde lo que "está bien" es colocar a la víctima en ese lugar y son las propias instituciones las que colaboran al mantenimiento de esa injusta desde un punto de vista material
situación. En este sentido, es plenamente válida aquella observación según la cual "lo injusto no es siempre
lo ilegal".
En este sentido puede distinguirse entre la victimización no derivada del delito, generalmente fundamentada
en una situación de victimización social, de la propia "victimización social" realizada por el abuso injusto e insolidario de la prepotencia económica y social frente a grupos marginados o especialmente débiles.
“VICTIMOLOGIA”
VICTIMIZACION PRIMARIA Y SECUNDARIA.
Ahora bien, los pesares de la víctima, según se ha repetido hasta la saciedad, no acaban cuando acude a
comisaría a denunciar el delito. En este sentido, suele distinguirse entre lo que la doctrina denomina
victimización primaria y victimización secundaria Por victimización primaria se tiende a entender la derivada de haber padecido un delito, que cuando va
acompañado de violencia o experiencia personal con el autor suele ir acompañado de efectos que se
mantienen en el tiempo y pueden ser físicos, psíquicos, económicos o de rechazo social . La víctima de un delito no solo ha de enfrentarse con los perjuicios derivados de la lesión o puesta en peligro del bien jurídico
protegido que conlleva el delito, sino que en muchos casos, acompañando a éste, se producen otra serie de
efectos que inciden en la gravedad material del daño o perjuicio producido.
Frente a ella, distinguen los autores lo que denominan victimización secundaria, que sería aquella que se
deriva de las relaciones de la víctima con el sistema jurídico penal. Consecuentemente, la victimización secundaria se considera aún más negativa que la primaria porque es el propio sistema el que victimiza a
quién se dirige a él pidiendo justicia y porque afecta al prestigio del propio sistema (Landrove Díaz,
Victimología
, pág. 44). Con la policía, la víctima a menudo experimenta el sentimiento de estar perdiendo el ...
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