Vigencia Ulterior Del Derecho Romano
1.- EL DERECHO ROMANO EN ORIENTE.-
Justiniano, deseando mantener inalterable su producción legal (Corpus Iuris Civilis), prohibió que fuera objeto decomentarios e interpretaciones. Sin embargo, tal disposición fue desoída y proliferaron las traducciones al griego, los comentarios monográficos, etc. Entre algunas de esas obras se destaca la Paráfrasisde Teófilo, explicitación en griego del texto latino de las Institutas. La compilación de Justiniano subsistió, naturalmente con transformaciones, a través de compilaciones, adaptaciones y resúmenesordenadas por sucesivos emperadores. Así, León el Isáurico fue el primero de los gobernantes de Bizancio que promulgó una especie de codificación nueva y más breve en griego, que se designó con elnombre de Égloga. Esta no buscó reemplazar al derecho de la compilación de Justiniano, sino hacerlo más accesible. Esta corriente continúa con los sucesivos emperadores y de ello son producto lascolecciones – o resúmenes en griego – llamadas Pochiron, Epanagoge, y, quizás las más transcendente, Las Basílicas. La última obra desarrollada en el último siglo de existencia del Imperio Romano deOriente fue el manual de Armenópulo (1345) llamado Hexabiblos (seis libros), que es la compilación moderna de las Basílicas, y que en 1835 llegó a tener fuerza de ley en Grecia.
2.- EL DERECHOROMANO EN OCCIDENTE.-
Aunque en Occidente había terminado Imperio Romano – fragmentado en reinos bárbaros – su derecho siguió teniendo en cierta forma, vigencia:
a.- En las legislacionesromano-bárbaras.- Código de Eudorico, basado en los códigos Gregoriano, Hermogeniano y Teodosiano y algunos opúsculos jurisprudenciales, el Edicto de Teodorico, redactado en base a los mismos códigos (tambiéntomando a las sentencias de Paulo y a las Institutas de Gayo); la Lex Romana- visigothorum o Breviario de Alarico y la Lex Romana- burgundiorum.
b.- En las prácticas y costumbres de las poblaciones...
Regístrate para leer el documento completo.